Economia
¿Lo pueden multar por subir a su mascota en el ascensor del conjunto? Esto dice la ley en Colombia

En los últimos días se ha hecho viral el caso de una mujer que fue sancionada por movilizar a su mascota en el ascensor de su conjunto residencial, lo que la llevó a acudir a las autoridades competentes, al sentir que se vulneraban sus derechos.
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La residente fue sancionada con el 50 por ciento del valor de la administración, equivalente a $171.000, luego de incumplir la regla que prohíbe el uso de los elevadores para animales domésticos.
De acuerdo con la información de la afectada, la multa se originó porque la Asamblea General de Propietarios modificó el manual de convivencia para impedir que cualquier mascota, salvo los perros guía, utilizara el ascensor.
Al ver lo injusta que era esta sanción, la mujer acudió a la justicia al considerar que sus derechos habían sido vulnerados, ya que su mascota también era un miembro de su familia y, por ende, merecía respeto.
La mujer fue multada por subir su mascota al ascensor. Foto:iStock
Esto dice la ley en Colombia sobre subir mascotas al ascensor
El caso llegó a la Corte Constitucional, que lo estudió e indicó que, en efecto, la prohibición del conjunto viola sus derechos, tal como lo había señalado la mujer residente.
“La accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, a la intimidad personal y familiar y a la propiedad, los cuales —afirma— están siendo vulnerados por la Asamblea de Propietarios y el Consejo de Administración”, detalló la sentencia.
De acuerdo con la sentencia, los animales domésticos tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal y familiar, por lo que ninguna entidad puede vulnerarlos.
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“Para la Corte, una prohibición que conduzca a negar la posibilidad de escoger si se tiene o no una mascota implica una violación del citado derecho, pues se considera que la tenencia de animales domésticos, en muchos casos, corresponde al plan de vida de una persona, al constituir móviles a través de los cuales se expresa el cariño y la compañía en grado quizás igual o superior al de un integrante de una familia o de un núcleo social”, agregó.
Si bien es cierto que las asambleas de las propiedades horizontales pueden imponer sus propias reglas para garantizar el buen comportamiento de los residentes, no pueden pasar por encima de los derechos fundamentales.
La residente fue multada con $171.000 por subir a su mascota al ascensor. Foto:iStock
Por eso, determinaron que prohibir de manera absoluta el uso del ascensor para las mascotas fue una medida excesiva.
“Para la Corte, la tenencia de un animal doméstico encuentra limitaciones en los derechos de los demás copropietarios, de manera que se deben cumplir con aquellas exigencias que se prevén para su transporte y cuidado en el ordenamiento jurídico, tales como el uso de bozales y cadenas, al tiempo que se aseguran sus condiciones de alimentación, movilidad, luminosidad, aseo, abrigo e higiene”, concluyó la Corte Constitucional.
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Esta sentencia cobra relevancia en un país que, según la encuesta ‘Polimétrica 2024’, cuenta con al menos un animal doméstico en el 57 por ciento de los hogares.
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WENDYS PITRE ARIZA
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
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