Colombia
María Claudia Lacouture reveló cuál es su conclusión de la suspensión del aumento del salario mínimo: “No basta con subirlo”
El debate sobre el salario mínimo y su aumento sigue activo en las redes sociales, donde políticos, especialistas y líderes de gremios comparten sus puntos de vista sobre las acciones que ha tomado el Gobierno en este ámbito. Esto ocurre tras la orden del Consejo de Estado que suspendió provisionalmente el Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, mediante el cual se estableció un incremento del 23.7% del salario mínimo para 2026.
El líder de la administración pública ha instruido a las entidades demandadas (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre)) a emitir un nuevo decreto que “defina el porcentaje provisional del aumento del salario mínimo para 2026″. El documento establece que el Gobierno debe adherirse a criterios económicos y constitucionales para determinar dicho incremento.
Ahora puedes seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
La presidenta ejecutiva de AmCham Colombia, María Claudia Lacouture, extrajo conclusiones del nuevo conflicto económico que enfrenta la administración del presidente Gustavo Petro. Según su análisis, la evaluación hecha por el Consejo de Estado y la suspensión ordenada subrayan la necesidad de realizar un estudio más exhaustivo sobre el salario mínimo antes de decidir su aumento.
“Reflexión: el salario mínimo no solo debe “aumentarse”; hay que garantizar su sostenibilidad y motivación conforme a las normativas establecidas,” aclaró en un post en su cuenta de X.
Subrayó que la decisión del Consejo de Estado evidencia la necesidad de establecer jurisprudencia sobre la determinación del salario, que debe realizarse conforme a la normativa, respetando requisitos técnicos y con una justificación verificable. El objetivo es beneficiar a los trabajadores y empleadores.
“Sin atajos que comprometan la transparencia y seguridad jurídica, y con un fin claro: proteger el bienestar laboral sin perjudicar la viabilidad de las empresas que mantienen el empleo formal,” detalló.
En una publicación anterior, Lacouture detalló las implicaciones de la decisión del tribunal sobre el salario mínimo. Primero, aclaró que la suspensión del aumento que anunció el Gobierno no tendrá efecto inmediato; esta se aplicará únicamente al expedir el decreto provisional con el nuevo porcentaje de aumento.
Asimismo, indicó que lo que se defina en ese nuevo decreto debe estar fundamentado en análisis técnicos y datos que consideren la inflación, la productividad, el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Producto Interno Bruto (PIB), y el ingreso nacional en comparación con los salarios, entre otros factores. Explicó también que esto no afectará lo que se pague antes de la emisión del decreto transitorio.
“El Consejo de Estado no determinó un porcentaje: ordenó al Gobierno emitir el decreto transitorio en 8 días. Mientras tanto, el salario mínimo establecido en el Decreto 1469 sigue vigente. El impacto en la nómina: por ahora, ninguno; dependerá del nuevo decreto,” agregó.
Siguiendo lo dispuesto por el máximo tribunal de la administración pública, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, confirmó la fecha en la que el Gobierno nacional abordará el tema para validar el decreto transitorio.
“Por instrucción del Presidente @petrogustavo, he convocado este lunes 16 de febrero a las 10 am en @MintrabajoCol a la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales para debatir sobre el decreto transitorio del salario mínimo, que debe ser vital y móvil, según lo estipulado en el artículo 53 de la Constitución Nacional, como se indica en la orden del Consejo de Estado,” escribió el funcionario en su cuenta de X.
