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La Secretaría de Movilidad de Cali ha informado sobre la nueva rotación del ‘pico y placa’ que entrará en vigor en el primer semestre de 2026, llevando a cabo su aplicación del 5 de enero hasta el 30 de junio.
El horario permanecerá de 6:00 a. m. a 7:00 p. m., de lunes a viernes, exceptuando días festivos y fines de semana, según el decreto oficial emitido por la administración distrital. Esta organización, según las autoridades, ayudará a regular el flujo vehicular y mejorar la eficiencia del sistema de movilidad.
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La restricción vehicular está diseñada para optimizar la movilidad sostenible, mitigar la congestión en las horas pico y contribuir a la reducción de la contaminación ambiental en la ciudad. Según la Secretaría, la circulación de vehículos particulares se dividirá de la siguiente manera:
- Lunes: placas terminadas en 1 y 2
- Martes: terminadas en 3 y 4
- Miércoles: placas que finalizan en 5 y 6
- Jueves: terminadas en 7 y 8
- Viernes: placas con 9 y 0
Del 5 al 9 de enero de 2026, se llevará a cabo una semana pedagógica en la que los agentes de movilidad informarán a los conductores sobre la nueva rotación sin imponer sanciones. A partir del 13 de enero, comenzará la fase de control, donde se aplicarán las multas correspondientes para quienes no cumplan con la normativa.
El decreto oficial establece que el incumplimiento será sancionado de acuerdo con el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, modificado por la Ley 1383 de 2010 y reglamentado en la Resolución No. 3027 de 2010 del Ministerio de Transporte.
Los vehículos exentos de esta medida están regulados por el Decreto No. 4112.010.20.497 del 1 de julio de 2021, y modificaciones subsiguientes.
Entre los exceptuados se incluyen los vehículos de emergencia definidos por la Ley 769 de 2002, tales como unidades de la Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Cruz Roja y ambulancias registradas debidamente. También los vehículos oficiales, diplomáticos y consulares quedan fuera de la restricción.
Los vehículos autorizados para el transporte de personas con discapacidad seguirán exentos, siempre que no haya un cambio en el vehículo registrado y la persona beneficiaria esté a bordo. Además, estarán exentos los vehículos híbridos y eléctricos, aquellos de carga con capacidad de cinco toneladas o más, y los que sus propietarios hayan pagado la tasa por congestión o contaminación. Las motocicletas también quedarán fuera de esta restricción.
El nuevo esquema reemplaza decisiones previas, específicamente el Decreto Distrital No. 4112.010.20.0398 del 20 de junio de 2025, y será obligatorio hasta el 30 de junio de 2026, según lo establecido en el acto administrativo. El documento oficial subraya el compromiso institucional con una movilidad más eficiente y sostenible, colaborando con otras entidades distritales.
El secretario de Movilidad Distrital, Gustavo Orozco, indicó que la actualización de esta medida busca “optimizar la movilidad, disminuir la congestión vehicular en horas pico y ayudar a la descontaminación ambiental de Cali”. Orozco instó a los ciudadanos a planificar sus desplazamientos, optar por el transporte público y respetar la nueva rotación para asegurar la efectividad de la estrategia.
Entre las recomendaciones para los ciudadanos de Cali se incluyen la verificación periódica en el sitio web y redes sociales oficiales de la Secretaría de Movilidad, el uso de aplicaciones móviles autorizadas para comprobar la restricción conforme al número de placa y el fomento de formas de transporte alternativas como el Sistema MIO, taxis o bicicletas.
La ciudadanía puede consultar el decreto completo y el detalle de las excepciones en el portal oficial de la Alcaldía de Santiago de Cali, donde se publican todas las normativas vigentes relacionadas con movilidad y tránsito en la ciudad.
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