Colombia
Pico y Placa: ¿Puedes manejar en Cartagena sin infringir la ley?

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Hoy, 28 de noviembre, los vehículos que no podrán circular en Cartagena están determinados por el programa de restricción vehicular denominado Pico y Placa.
Los factores determinantes incluyen el día de la semana, la hora, el tipo de vehículo y el último dígito de la placa, que definirán qué automóviles no pueden transitar hoy.
Es clave tener en cuenta que esta restricción se actualiza diariamente, por lo que es fundamental estar al tanto de las novedades para evitar sorpresas indeseadas al circular por las calles de la ciudad colombiana.
Las autoridades establecen el Pico y Placa según el día, el tipo de vehículo y el número final de la placa. Además, es esencial recordar que cada ciudad puede tener reglas distintas.
El objetivo de restringir la circulación es disminuir el número de vehículos en las vías, reduciendo así el tráfico, los accidentes automovilísticos y mejorando la calidad del aire.
A continuación, se detallan las restricciones del Pico y Placa para mañana.
Motos: 1, 2.
Vehículos particulares: 1, 2.
Taxis: No aplica.
Además de la restricción vehicular, el horario del Pico y Placa en Cartagena varía según el tipo de vehículo y es como sigue:
Motos: de 5:00 horas a 23:00 horas.
Vehículos particulares: de 7:00 a 9:00 y de 18:00 a 20:00 horas.
Taxis: de 6:00 horas hasta las 6:00 del día siguiente, es decir, por 24 horas.
El gobierno de Cartagena ha anunciado cómo será la rotación del Pico y Placa durante el segundo semestre de 2025.
La restricción vehicular se base en el último dígito de la placa y el día de la semana.
El Pico y Placa para vehículos particulares estará vigente desde el lunes 7 de julio hasta el 3 de octubre del 2025 de la siguiente manera:
Lunes: 1 y 2.
Martes: 3 y 4.
Miércoles: 5 y 6.
Jueves: 7 y 8.
Viernes: 9 y 0.
Desde el 6 de octubre del 2025 hasta el 2 de enero del 2026, la rotación será la siguiente:
Lunes: 3 y 4.
Martes: 5 y 6.
Miércoles: 7 y 8.
Jueves: 9 y 0.
Viernes: 1 y 2.
El Pico y Placa para vehículos particulares funcionará de lunes a viernes, exceptuando los días festivos, en los horários de 7:00 a 9:00 y de 18:00 a 20:00 horas.
Respecto a los taxis, la rotación para la segunda mitad del año se detalla a continuación.
Rotación del 30 de junio al 1 de agosto de 2025:
Lunes: 3-4.
Martes: 5-6.
Miércoles: 7-8.
Jueves: 9-0.
Viernes: 1-2.
Rotación del 4 de agosto al 5 de septiembre de 2025:
Lunes: 5-6.
Martes: 7-8.
Miércoles: 9-0.
Jueves: 1-2.
Viernes: 3-4.
Rotación del 8 de septiembre al 31 de octubre de 2025:
Lunes: 7-8.
Martes: 9-0.
Miércoles: 1-2.
Jueves: 3-4.
Viernes: 5-6.
Rotación del 6 de octubre al 31 de octubre de 2025:
Lunes: 9-0.
Martes: 1-2.
Miércoles: 3-4.
Jueves: 5-6.
Viernes: 7-8.
Rotación del 3 de noviembre al 5 de diciembre de 2025:
Lunes: 1-2.
Martes: 3-4.
Miércoles: 5-6.
Jueves: 7-8.
Viernes: 9-0.
Rotación del 8 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026:
Lunes: 3-4.
Martes: 5-6.
Miércoles: 7-8.
Jueves: 9-0.
Viernes: 1-2.
Para los taxis, el horario del Pico y Placa será de lunes a viernes, excepto festivos, desde las 6:00 horas hasta las 6:00 horas del día siguiente.
No todos los vehículos están sujetos a esta restricción, ya que algunos gozan de exenciones, tales como:
Con Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular.
Vehículos eléctricos o de cero emisiones.
Vehículos oficiales de todos los niveles.
Vehículos fúnebres.
Vehículos de emergencia.
Vehículos de atención médica.
Vehículos de distribución de medicamentos.
Vehículos de rescate o de traslado de órganos y tejidos.
Vehículos de control de tráfico y grúas.
Vehículos de residuos hospitalarios.
Vehículos de medios de comunicación.
Vehículos que brindan servicios turísticos.
Vehículos escolares.
Vehículos de valores.
Vehículos destinados a la enseñanza automovilística.
Para que un vehículo cumpla con las características para exención del Pico y Placa, se debe presentar la solicitud correspondiente junto con la documentación en regla del auto y del conductor, así como el paz y salvo por todo concepto.
Según el gobierno de Cartagena, la sanción por incurrir en la restricción del Pico y Placa es la siguiente:
Una multa equivalente a 15 días del salario mínimo vigente. En la actualidad, el salario mínimo diario es de 47,450 pesos, lo que suma 711,750 pesos.
Además de la multa, el vehículo del infractor será inmovilizado.
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