Colombia
Pico y Placa: qué autos no circulan en Medellín este viernes 20 de febrero
Estos son los vehículos que no pueden circular en Medellín hoy 20 de febrero, de acuerdo al programa de restricción vehicular conocido como Pico y Placa.
Los factores que determinan qué autos no pueden circular este viernes son el día de la semana, la hora, el tipo de vehículo y la terminación de la placa.
Es esencial mantenerse informado sobre estas actualizaciones, ya que la restricción vehicular cambia a diario para evitar sorpresas al transitar por las calles de la ciudad colombiana.
Las autoridades establecen el Pico y Placa basándose en el día, tipo de automóvil y el último dígito de la placa, y es importante destacar que el programa varía según la ciudad.
El objetivo de esta medida es reducir el número de vehículos en las calles para disminuir el tráfico, los accidentes y el nivel de contaminación.
A continuación, se presentan los lineamientos de la prohibición vehicular del Pico y Placa para mañana.
Motos: 2, 8.
Particulares: 2, 8.
Taxis: 7.
Transporte de carga: No aplica.
La restricción vehicular está vigente de lunes a viernes, comenzando a las 5:00 a.m. y finalizando a las 8:00 p.m.
La Alcaldía de Medellín ha comunicado las pautas sobre el funcionamiento del Pico y Placa durante el segundo semestre de 2025.
La nueva rotación de la restricción vehicular seguirá dependiendo del día de la semana y del último dígito de la matrícula del vehículo.
Para los vehículos particulares, la rotación será:
Lunes: 6 y 9
Martes: 5 y 7
Miércoles: 1 y 8
Jueves: 0 y 2
Viernes: 3 y 4
En el caso de las motocicletas, se aplicará la misma rotación, con la diferencia de que se utiliza el primer dígito de la placa.
El horario de aplicación del Pico y Placa es de lunes a viernes de 5:00 a.m. a 8:00 p.m. para vehículos particulares y motocicletas. Para los taxis, la restricción inicia a las 6:00 a.m. y también termina a las 8:00 p.m.
No todos los vehículos están obligados a cumplir con esta restricción; existen excepciones, que incluyen:
Vehículos de emergencia.
Vehículos destinados a la atención médica.
Vehículos que utilizan gas natural como combustible.
Vehículos de servicio de transporte terrestre.
Vehículos de transporte de alimentos.
Vehículos de carga.
Vehículos destinados a actividades de servicio público.
Medios de comunicación.
Vehículos de seguridad.
Vehículos para el transporte de personas con movilidad reducida o discapacidad.
Vehículos de valores.
Vehículos fúnebres.
Vehículos oficiales.
Vehículos diplomáticos.
Vehículos autorizados por la Secretaría de Movilidad.
Es importante señalar que los automovilistas no necesitarán solicitar nuevamente la autorización escrita para la exoneración, dado que la Secretaría de Movilidad está conectada al Registro Único de Tránsito (RUNT).
Según el gobierno de Medellín, la multa por violar el Pico y Placa se establece en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre.
Esta legislación indica que la penalización será el pago de una multa equivalente a 15 días del salario mínimo vigente. Actualmente, el salario mínimo diario es de 47 mil 450 pesos, por lo que la sanción asciende a 711 mil 750 pesos.
