Colombia
Policía Nacional aseguró que no tiene responsabilidad en las chuzadas a la niñera de Laura Sanabria: abrió proceso a cuatro de sus uniformados
La Policía Nacional de Colombia realizó un llamamiento en garantía contra cuatro de sus miembros condenados por llevar a cabo interceptaciones ilegales a Marelbys Meza y Fabiola Perea, quienes trabajaron como empleadas domésticas para Laura Sarabia.
Esta decisión tiene como objetivo dar respuesta a la demanda de reparación presentada por las víctimas, que buscan compensación del Estado por los daños sufridos.
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Este caso se conoce tras la revelación de interceptaciones telefónicas en informes alterados que identificaban a Meza y Perea como líderes del Clan del Golfo en el departamento del Chocó, sin base alguna.
Este procedimiento permitió a oficiales de la Sijín en Bogotá y la Dijin justificar la supervisión de las comunicaciones de ambas mujeres.
El juicio penal resultó en la condena de cuatro policías, de los cuales dos admitieron su responsabilidad mediante acuerdos, mientras que los otros dos fueron hallados culpables al concluir el juicio. Las condenas incluyeron cargos por falsedad en documento público, fraude procesal y violación ilícita de comunicaciones, informó Semana.
Luego de la condena, Meza y Perea presentaron una demanda contra el Estado colombiano, alegando daños y perjuicios por la violación de sus derechos. En respuesta a esta acción, la Policía solicitó formalmente el llamamiento en garantía para que los funcionarios condenados asuman la responsabilidad patrimonial, además de la obligación del Estado.
“Como resultado de esto, se llevan a cabo acciones por parte de ciertos funcionarios para identificar a los presuntos responsables de estos incidentes, uniformados que debieron actuar con la diligencia y el cuidado requeridos por la ley; de lo contrario, supuestamente excedieron sus funciones como servidores públicos, lo que llevó a las interceptaciones del teléfono de la señora Fabiola Perea”, señala el comunicado.
Este mecanismo permite que aquellos que, en el ejercicio de funciones públicas, incurrieron en conductas ilícitas que generaron consecuencias civiles, sean incluidos en el proceso de reparación.
Según documentos citados y revelados por el medio indicado, la Policía fundamentó que los patrulleros condenados deben responder con sus propios bienes, evitando que la carga financiera recaiga únicamente sobre el Estado.
La Policía Nacional aceptó que los agentes implicados tenían la obligación de actuar “con diligencia y cuidado”, según lo estipulado en la Constitución y normativas institucionales. Sin embargo, el expediente indica que los uniformados excedieron sus funciones, resultando en la interceptación no autorizada de la línea telefónica de Fabiola Perea.
El informe judicial detalla la responsabilidad directa de los policías condenados, cuya conducta fue calificada como “culpa grave”. Aunque contaban con justificativos legales para sus funciones, se concluyó que vulneraron los principios fundamentales del servicio policial.
“Con base en los fundamentos mencionados, es pertinente llamar en garantía a los entonces implicados, en virtud de lo establecido en la normativa aplicable y otras leyes pertinentes”, concluye el comunicado.
Así, la Policía defendió la inclusión de los uniformados en el proceso de reparación, al demostrar su participación directa en los hechos investigados. La institución sostiene que, aunque los condenados tenían respaldo jurídico para sus funciones, su actuar excedió los límites legales, resultando en un daño que deben atender con sus propios recursos.
La Fiscalía General de la Nación apartó de inmediato al fiscal Juan Carlos Arias Duque de la investigación que involucra a la embajadora de Colombia en Reino Unido, Laura Sarabia, debido a un conflicto de intereses que él mismo reconoció.
La salida de Arias Duque se debe a su estrecha amistad con el abogado defensor de Sarabia, José Fernando Reyes Cuartas, vínculo que se ha sostenido “durante más de veinticinco años” y que fue considerado una razón válida según el artículo 56, numeral cinco, de la Ley 906 de 2004, de acuerdo a lo que reveló Blu radio.
La Fiscalía determinó que esta relación de amistad, “íntima, cercana y prolongada”, podría poner en riesgo la imparcialidad del proceso, por lo que “declaró fundado el impedimento” y ordenó el reemplazo inmediato del funcionario.
