Economia
¿Qué puede hacer si no le pagan la prima de servicios a tiempo en Colombia?

Cada año los empleadores de las diferentes empresas del país deben cumplir con una norma establecida por la Ley: el pago de la prima de servicios. Uno de ellos se realiza en junio, mientras que el otro se hace al final del año, es decir, en diciembre.
Es importante mencionar que una compañía no se puede librar de ese monto, ya que para ellos esta retribución es una obligación y para los colaboradores es un derecho fundamental.
Si por alguna razón le han comunicado verbal o textualmente que esta prestación social sufrirá cambios en su entrega, sepa que debe reportar su caso por escrito y presentar la queja formal ante el Ministerio de Trabajo.
De acuerdo con Javier Alvarado, un experto en Derecho del Trabajo citado por La FM, “no existe la posibilidad de aplazar este pago, ni siquiera en casos excepcionales, debido a su rango constitucional”.
El pago es proporcional a 30 días de salario por cada año laborado. Foto:iStock
Además, Alvarado enfatiza en que no le deben proponer un pago por partes, esto quiere decir que la única forma en la que debe recibir su prima es por el monto completo.
En este sentido, resulta esencial que conozca cuál es el periodo que la legislación establece como clave para que reciba su primera prima del 2025. Teniendo en cuenta el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, usted deberá contar con el monto correspondiente a esta prestación el 30 de junio.
¿Qué pasa si una empresa no cumple con las fechas estipuladas o con el pago total de la prima?
Según el Ministerio de Justicia, antes de acudir a cualquier autoridad, deberá manifestar su inconformidad a su empleador y tratar de llegar a un acuerdo. Si esto no es posible, puede acudir al inspector del trabajo para recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o en ciertos casos, intentar una conciliación.
Si no ha obtenido una respuesta favorable al intentar solucionar su conflicto laboral con su empleador o a través del inspector del trabajo, “es posible presentar demanda ante el juez laboral del último lugar donde se haya prestado el servicio o del domicilio del demandado”, apunta el Ministerio.
Si la situación se escala, deberá recurrir a fuerzas externas. Foto:iStock
Tenga en cuenta que el trámite no tiene costo. Además es importante precisar que no necesitará de la asistencia de un abogado, a menos que el valor de lo que reclame supere los 20 salarios mínimos mensuales,
Para el empleador, la situación puede ponerse complicada. Un incumplimiento de este tipo, podría desencadenar la imposición de multas que oscilan entre uno y cinco mil salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además de esto, se podrían involucrar en inconvenientes administrativos o judiciales.
MARIANA SIERRA ESCOBAR
EQUIPO ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO







