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Qué pueden hacer los pensionados a los que no les subirá el valor de la mesada con el aumento del salario mínimo de 2026

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Qué pueden hacer los pensionados a los que no les subirá el valor de la mesada con el aumento del salario mínimo de 2026
A inicios de 2025, Colombia contaba con más de 2.1 millones de pensionados en el Sistema General de Pensiones (SGP) – crédito Colprensa

El incremento del salario mínimo en 2026 en Colombia afectará el monto de las pensiones para millones de personas. Según los decretos oficiales, el salario mínimo ascenderá a $1.750.905, y el auxilio de transporte a $249.095, lo que resulta en un total de $2.000.000 mensuales. No obstante, este ajuste no tendrá el mismo efecto para todos los pensionados, pues depende de factores como el fondo del que provienen y la cantidad de la pensión que reciben.

Es importante señalar que, en Colpensiones, las pensiones que corresponden al salario mínimo legal mensual vigente (smlmv) se ajustan con el 100% del incremento del salario mínimo. En cambio, las pensiones que superan el smlmv se ajustan de acuerdo con el 100% del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Dane el año anterior. Por otro lado, en los fondos privados de pensiones (AFP), la filosofía es distinta para quienes tienen pensiones básicas versus aquellos con pensiones más altas. En estas entidades, las pensiones del smlmv están indexadas con el 100% del incremento del salario mínimo, tanto en la modalidad de retiro programado como en renta vitalicia.

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Sin embargo, hay muchas dudas que persisten, especialmente para aquellos que no verán un aumento en su pensión en enero debido al ajuste del salario mínimo. Por ello, Infobae Colombia consultó a expertos en la materia. El abogado Diego Acevedo, de Holland & Knight, enfatizó que “el régimen legal colombiano estipula que no todas las pensiones se ajustan conforme al salario mínimo”.

Colpensiones se convertiría en el
Colpensiones se convertiría en el principal fondo de ahorro de Colombia si la reforma pensional del Gobierno Petro entra en vigor – crédito Colpensiones/Colprensa

Acevedo indicó que “en la mayoría de los casos, el ajuste anual de las pensiones se hace según la variación del IPC del año anterior y no según el aumento del salario mínimo. Por lo tanto, aunque el salario mínimo aumente considerablemente, muchas pensiones solo reflejan el ajuste por inflación”.

Sin embargo, aclaró que las pensiones de retiro programado, que superan el smlmv, no están indexadas ni al IPC ni al smlmv, ya que el capital utilizado para su pago sigue siendo administrado por las AFP y el pensionado asume el riesgo de longevidad y de mercado. Por ende, el aumento de esta pensión depende de la valorización de los títulos invertidos y no de variables macroeconómicas como el IPC.

Asimismo, precisó que “el reajuste basado en el salario mínimo aplica principalmente a las pensiones que corresponden exactamente a un salario mínimo legal mensual vigente, asegurando que no pierdan su poder adquisitivo respecto a ese ingreso básico”. También mencionó que “las pensiones que superan esta cantidad se ajustan, generalmente, según el IPC certificado por el Dane, de acuerdo a la normativa vigente”.

Para aquellos interesados en saber si su pensión debería haber aumentado, el director ejecutivo de Integral Soluciones Pensionales (ISP), Andrés Felipe Izquierdo, recomendó que, si son pensionados de Colpensiones, deben dirigirse de inmediato a la entidad para solicitar que se haga efectivo el ajuste de la mesada pensional conforme al smlmv o al IPC, según sea el caso. En cuanto a los fondos privados, aclaró que si la mesada supera el salario mínimo bajo la modalidad de retiro programado, “su mesada no aumentará en igual proporción al IPC y, en realidad, su indexación podría ser menor a ese índice”. Destacó que la indexación depende en un 100% del comportamiento y valorización de los mercados.

Para 2026, el salario mínimo
Para 2026, el salario mínimo fijado en $2.000.000 ahora se considera un “salario vital” – crédito Luisa González/Reuters

Izquierdo agregó que, en estos casos, “los pensionados de las AFP deberían acudir a abogados expertos en pensiones para que analicen su situación y, mediante un estudio pensional y un análisis jurídico, se determine si durante su afiliación recibieron información precisa, completa, oportuna y verificable respecto a las diferencias entre regímenes pensionales”.

Asimismo, Acevedo aconsejó que lo primero que se debe hacer es comprobar el valor actual de la pensión y compararlo con el criterio de reajuste que aplica, o sea, si la mesada está ligada al smlmv o al IPC. Agregó la importancia de revisar la resolución de reconocimiento de la pensión y los comunicados de la entidad administradora para confirmar cómo se calcula el reajuste anual. Para quienes están en fondos privados, subrayó que es crucial verificar la modalidad pensional seleccionada.

Cuando los pensionados notan inconsistencias en el ajuste, existen pasos formales que pueden seguir para presentar su reclamo. Andrés Felipe Izquierdo explicó que “si se logra demostrar la falta de información precisa, objetiva y oportuna en el momento de la afiliación inicial, y durante su vigencia, así como al cumplir 47 años (mujeres) o 52 años (hombres), se puede demandar el reajuste de la mesada pensional al valor al que hubiera tenido derecho en Colpensiones, buscando que un juez condene a la administradora por falta de información y vicios en el consentimiento, compensando así la afectación patrimonial”.

Acevedo describió el primer paso:

  • Realizar un derecho de petición ante la administradora de pensiones pidiendo una explicación o corrección del reajuste.
  • Si la respuesta no es satisfactoria, el pensionado puede dirigirse a la jurisdicción laboral u ordinaria, según el régimen pensional aplicable, para reclamar el reajuste y el pago de las sumas que no ha recibido.
Los pensionados pueden revisar sus
Los pensionados pueden consultar sus casos con la ayuda de un experto – crédito Prosperidad Social

Respecto al uso de la acción de tutela, ambos enfatizaron su carácter excepcional. El director ejecutivo de ISP advirtió que es un mecanismo extraordinario para proteger derechos constitucionales. Se recomienda no interponer tutela, ya que, en general, las controversias sobre valores pensionales deben ser resueltas ante un juez en un proceso ordinario.

Agregó que “la tutela solo es válida si el pensionado puede demostrar que su mesada corresponde al salario mínimo legal mensual vigente y su indexación fue inferior al aumento de ese salario, pero en Colombia esto es poco común ya que las administradoras, tanto públicas como privadas, suelen calibrar de manera precisa el ajuste de las pensiones del salario mínimo legal mensual vigente”.

Por su parte, el abogado de Holland & Knight coincidió en que la acción de tutela solo se admite “de forma excepcional cuando la falta de reajuste afecta derechos fundamentales, especialmente el mínimo vital del pensionado”. Explicó que “el pensionado debe evidenciar que la omisión en el incremento pone en riesgo su subsistencia o condiciones dignas de vida y que no hay otro recurso judicial efectivo, o que la tutela es necesaria como una medida temporal para evitar un daño irreversible”.

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