Economia
¿Quiénes podrían trabajar solo 4 días a la semana en Colombia? Esto dice ponencia de reforma laboral
Colombia podría contar con un nuevo régimen laboral pronto, el cual podría cambiar muchas de las normas que actualmente rigen a los trabajadores del país. Y es que aunque la propuesta de reforma del Gobierno Nacional se hundió hace pocos días, una ponencia radicada en la comisión cuarta del Senado, presidida por la senadora Angélica Lozano, parece avanzar a paso de gigante en el Congreso de la República.
Si bien todavía le falta un último debate a esta ponencia en la Plenaria del Senado, algunos de los cambios que promete esta reforma han llamado la atención de muchos trabajadores de Colombia, pues han salido a la luz algunos artículos que podrían brindar mayor flexibilidad a los trabajadores.
Uno de los más relevantes consiste en el relativo a la jornada conocida como 4×3, aquella que, como su nombre lo indica, permitirá que los empleados en Colombia puedan trabajar durante solo cuatro días a la semana y descansen los tres restantes. Esto se podría hacer, acorde con dicha ponencia, siempre y cuando haya previo acuerdo entre empleado y empleador, y se cumpla con las horas semanales establecidas en la normativa.
Y es que una excepción del artículo 12 de esta ponencia sostiene que “Puede repartirse la jornada máxima legal u ordinaria semanal ampliando la jornada diaria, por acuerdo entre las partes y con el fin exclusivo de que dicha jornada sólo se desarrolle en cuatro días a la semana y al empleado le queden tres (3) días de descanso. Esta ampliación no constituye tiempo suplementario o de horas extras, el trabajo por fuera de los días y horarios pactados en esta modalidad se considerará tiempo suplementario u horas extra”.
Jornada 4×3 en reforma laboral: ¿cómo funcionaría?
El abogado Camilo García, especializado en relaciones industriales y derecho laboral de la Universidad externado de Colombia, le contó a Noticias Caracol cuáles son los detalles de este nuevo ajuste con el que el los trabajadores podrán contar con más días de descanso, siempre y cuando cumplan con ciertas condiciones.
“¿Qué trajo, la reforma laboral que me parece importante? Ahorita con ley 2101 del 2021, modificando al artículo 171 del Código Sustantivo del Trabajo, si yo quiero hacer horas extras debo pedir permiso ante el Ministerio del Trabajo para que me las autorice. Con la nueva reforma laboral no hay necesidad de tener autorización del Ministerio del Trabajo, que quiere decir que le da al empresario una autonomía para que empiece a jugar con sus horarios. ¿Qué puede hacer el empresario? Le indica la norma que de igual forma esas 42 horas se va a cumplir dentro de los 6 días, pero le da la opción de que si concilia o llega a acuerdos con el empleado de que la jornada se realice en los 4 días de la semana, pues evidentemente cumpliría la jornada y podría descansar otros 3 días”, dijo el experto.
Empresas en Colombia que hayan implementado el 4×3
Aunque la idea parezca innovadora, algunas compañías en Colombia como Hada International ya han implementado esta medida, solo que con algunas diferencias. Roberto Gutiérrez, gerente administrativo de Hada International, habló con Noticias Caracol sobre esta modalidad que ha implementado su empresa desde 2022.
“Nosotros tenemos hoy el 100% de nuestra planta personal bajo esta modalidad, eso es muy importante decirlo, nosotros somos intensivos en mano de obra en nuestros procesos productivos, sin embargo, esos procesos productivos hoy tienen la modalidad de 4 días de trabajo por tres de descanso. (…) Las personas trabajan de lunes a jueves, los descansos que nosotros estamos dando, los estamos haciendo fines de semana, viernes, sábados y domingos”, dijo el empresario.
¿Propuesta de 4×3 en jornada laboral de Colombia incluiría horas extras?
Cabe aclarar que con esta nueva medida, en caso de que se apruebe la ponencia tal como está, las jornadas acordadas que trabajen las personas no constituyen horas extra ni otros tiempos suplementarios. “Si tenemos un máximo laboral de 42 horas y pues, evidentemente, usted tiene que poder trabajar cada día durante 10 horas y media para cumplir cumplir en los 4 días su jornada máxima laboral, entonces no tendría tiene derecho a una hora extra”, añadió el abogado, no sin antes aclarar que esta medida no será obligatoria, pues solo podrá hacerse por común acuerdo entre empleado y empleador.
“Ya he tenido requerimientos por empresas de seguridad donde manifiestan que para ellos es básicamente imposible aplicar esta esta norma. Y que solamente el hecho de la reducción de tener horas extras para la industria, por ejemplo, de de la seguridad, que tiene turnos de 12 horas, ya empieza a ser un matiz para que aumente el servicio”, dijo el abogado Camilo García.
Y es que la idea no le ha gustado a algunos gremios empresariales, pues estos cambios podrían traerles serios problemas a sus compañías. Miguel Ángel Díaz, presidente de la Confederación Nacional del Gremio de la Vigilancia Privada (Confevip), sostiene que este ajuste, y otros adicionales que se incluyen en dicha ponencia, podría traerles problemas a las empresas de vigilancia privada en Colombia.
“El impacto que tendrá la reforma laboral en nosotros va a ser devastador. Lo más preocupante es que van a salir afectados más de 30.000 vigilantes que, de la noche a la mañana, van a ver esfumados sus empleos. Porque el usuario no va a estar dispuesto a asumir el 30% más de sobrecosto de la tarifa”, dijo el presidente.
JULIÁN CAMILO SANDOVAL
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