Economia
¿Se pueden heredar dos pensiones en Colombia?
En Colombia, las pensiones son un derecho adquirido por los trabajadores al haber cotizado durante su vida laboral al sistema de seguridad social, ya sea al régimen de prima media (administrado por Colpensiones) o al régimen de ahorro individual (administrado por fondos privados).
Sin embargo, muchas personas tienen la duda de si es posible heredar dos pensiones y los caminos que permitirían acceder a las mismas.
El Ministerio del Trabajo señala los casos en que las personas pueden acceder a doble pensión.
En primer lugar, es importante diferenciar entre los distintos tipos de pensiones que existen en el país. Las pensiones en Colombia pueden clasificarse en pensiones de vejez, pensiones de invalidez y pensiones de sobrevivencia.
De estas, la pensión de sobrevivencia es la que se refiere a los beneficios que se otorgan a los familiares de una persona que fallece y que era beneficiaria de una pensión.
En el caso de una pensión de vejez, por ejemplo, el beneficiario es el trabajador que ha alcanzado la edad requerida y ha cotizado el tiempo necesario.
Según el Ministerio del Trabajo y las principales entidades del país, no se pueden acumular dos pensiones para una misma persona, pero sí se pueden heredar pensiones en algunos casos específicos, dependiendo de la situación.
En términos generales, las pensiones no son acumulables, ya que la ley establece que una persona solo puede recibir un beneficio pensional por cada cotización realizada, ya sea de vejez o de sobrevivencia, entre otros.
Herencia de pensiones de sobrevivencia
Si una persona ha sido beneficiaria de una pensión y fallece, la pensión de sobrevivencia puede pasar a los familiares más cercanos, como el cónyuge, compañeros permanentes, hijos dependientes o padres. No obstante, este beneficio no se puede extender a más de una pensión al mismo tiempo, es decir, un cónyuge no puede heredar pensiones por diferentes fuentes de cotización si existieran más de una pensión disponible.
En caso de que el fallecido haya tenido más de una pensión, el beneficiario solo podrá acceder a una de ellas, dependiendo de la normativa vigente en cada momento y de las disposiciones de los fondos de pensiones.
Los beneficiarios pueden heredar solo una pensión de sobrevivencia por cada fuente de cotización, lo que puede ser percibido como una “limitación” en cuanto a la acumulación de beneficios.
Casos excepcionales
Sin embargo, existen algunos casos excepcionales en los que puede haber situaciones de pensión duplicada. Esto ocurre cuando el fallecimiento genera una pensión a favor de varios beneficiarios en diferentes momentos o bajo diferentes normativas.
Por ejemplo, si una persona recibe pensión por vejez en el régimen de prima media y, además, recibe una pensión por invalidez de un fondo privado, la situación de herencia puede verse matizada por los derechos adquiridos por cada beneficiario.