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¿Te enfrentas a una nueva multa por omitir el cinturón de seguridad en los asientos traseros?

· noviembre 21, 2025 · 2 min de lectura


La difusión de un comunicado en plataformas sociales y redes de mensajería reavivó el debate en torno al empleo del cinturón de seguridad en los asientos posteriores. 

El mensaje, ampliamente difundido en Colombia, manifiesta que desde el día siguiente empezaría a aplicarse una sanción de 450.000 pesos para los conductores que lleven pasajeros sin cinturón, e incita a reenviarlo “para no ser sorprendidos”.

Esta es una de las gráficas que circula en plataformas sociales. Foto:Redes sociales

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Según corroboró Colombiacheck, la información contenida en el mensaje es dudosa: la multa sí existe, pero no es reciente. Está vigente desde 2002 y únicamente se aplica a vehículos modelos 2004 en adelante.

El Ministerio de Transporte aclaró a Colombiacheck que la exigencia del cinturón para los pasajeros en los asientos traseros fue instaurada en la Ley 769 de 2002, artículo 82, y regulada en la Resolución 19200 de 2002. 

La normativa especifica que, a partir de los automóviles fabricados en 2004, estos deben contar con cinturones en la parte posterior, conforme a la regulación del Ministerio.

“Desde los vehículos elaborados en 2004, será obligatorio el uso de cinturones de seguridad en los asientos traseros, según la normativa que emita el Ministerio de Transporte”, se indica textualmente en el Código Nacional de Tránsito Terrestre.

Cinturón de seguridad Foto:iStock

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Un empleado de Amazon se manifestó.

Según el abogado especializado en tránsito Víctor Hugo Vallejo, mencionado por Colombiacheck, la infracción recae sobre el conductor, quien es responsable de la seguridad del automotor en movimiento. El experto agregó que los modelos anteriores a 2004 no están obligados a esta regulación debido a la falta de los elementos requeridos.

Respecto al monto de la penalización, el Ministerio de Transporte afirmó que la Dirección de Tránsito y Transporte puede aplicar la sanción C06, que establece “No usar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo”.

Desatender esta normativa conlleva una multa equivalente a 52,29 Unidades de Valor Tributario, que en 2025 corresponde a un total de 604.054 pesos.

*Este contenido fue generado con la ayuda de una inteligencia artificial, basada en información de conocimiento público divulgada a medios de comunicación. Además, contó con la supervisión de un periodista y un editor.

ALEJANDRA HERNÁNDEZ TORRES

REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL

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