La bonificación de diciembre sigue siendo uno de los ingresos más anhelados por millones de empleados formales en Colombia. A pesar de que al finalizar el año surgen inquietudes sobre los requisitos para acceder a este beneficio, la normativa laboral proporciona una respuesta clara y favorable para el trabajador.

Es suficiente haber trabajado un día durante el semestre para adquirir el derecho. Este aspecto, que generalmente pasa desapercibido, es esencial para comprender cómo se determina y quiénes obtienen el pago correspondiente al intervalo de julio a diciembre de 2025.

Empleados se preparan para recibir la bonificación de diciembre. | Foto: 123 Rf

El reconocimiento de la bonificación no depende de cumplir meses o semanas determinados, sino del mero hecho de tener un vínculo laboral. Por esta razón, tanto empresas como trabajadores deben entender las condiciones que regulan esta prestación, cómo se liquida y qué comprobar al recibir el comprobante de pago.

La bonificación de servicios es una prestación social obligatoria para todos los individuos vinculados a través de contrato laboral, sin importar si el cargo es a término fijo, indefinido, por días o en jornada parcial.

Asimismo, incluye a empleadas del hogar, trabajadores del servicio doméstico y personas que laboran de manera intermitente. La legislación es clara en que la jornada o el horario no condicionan el derecho, es suficiente iniciar labores para que comience a generarse la proporción correspondiente.

Esto significa que si un empleado estuvo activo al menos un día entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025, tiene derecho a recibir la bonificación proporcional. Esto aplica incluso cuando la persona renuncia, es despedida antes de la culminación del semestre, está en periodo de prueba o fue contratada a mitad de año.

La normativa aclara que el auxilio de transporte solo se otorga a los trabajadores que deben desplazarse desde su lugar de residencia hasta el sitio de trabajo.
Asimismo, incluye a empleadas del hogar, trabajadores del servicio doméstico y personas que laboran de manera intermitente. | Foto: agencia 123rf

La fórmula oficial que establece este pago es definida por el Ministerio de Trabajo: Bonificación = (Salario base × Días laborados en el semestre) ÷ 360. Los 360 días representan el año completo, y para aquellos que trabajan todo el segundo semestre se toman 180 días como referencia. En situaciones de períodos menores, se sustituye el número por los días efectivamente trabajados.

El salario base varía según el tipo de compensación. Para quienes perciben salario fijo, se utiliza el monto mensual vigente; para salarios variables, se calcula un promedio del semestre, incluyendo comisiones o bonificaciones que constituyan salario. El subsidio de transporte se incluye si el trabajador devenga hasta dos salarios mínimos.

En el sector público, la denominada “bonificación de Navidad” debe ser abonada dentro de los primeros 15 días de diciembre, ajustándose siempre a la proporción trabajada.