Colombia
Menor que participó del asesinato de Jean Claude Bossard recibiría una condena no mayor a ocho años

A pesar de que las autoridades del distrito han afirmado repetidamente que la crisis de seguridad en Bogotá es más una cuestión de percepción, los residentes de la capital continúan siendo víctimas de delitos cotidianos.
En un evento que ha suscitado una fuerte indignación a nivel nacional, el 2 de diciembre el barranquillero Jean Claude Bossard fue asesinado durante un intento de robo en la localidad de Usaquén, al norte de Bogotá.
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Después del incidente, un oficial de policía logró interceptar a los criminales que se encontraban en una motocicleta, resultando en un intercambio de disparos donde murió el conductor del vehículo y el otro delincuente, un menor de 16 años, fue arrestado por las autoridades.
El reporte de la Policía Metropolitana de Bogotá aumentó la indignación en la ciudad, ya que notificaron que no era la primera vez que la motocicleta involucrada se usaba para un crimen en la zona, y que se habían intentado reforzar la presencia policial para prevenir más delitos contra los ciudadanos.
El 3 de diciembre por la tarde, la Fiscalía General de la Nación comunicó que el menor arrestado, cuya identidad está bajo protección, fue presentado ante un juez de control de garantías, quien le imputó cargos por homicidio; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas, accesorios, partes o municiones, tentativa de hurto calificado, esas tres conductas agravadas; y falsedad marcaría.
El joven aceptó tres de los delitos en su contra, excepto el de falsedad marcaría (alteración de la placa de la motocicleta). De acuerdo con el juez de control de garantías, deberá cumplir una medida de internamiento preventivo en un centro especializado.
En este contexto, Infobae Colombia contactó al abogado penalista Rogelio Roldán, quien aclaró el proceso a seguir y la posible pena que podría enfrentar el menor.
“Lo primero que la opinión pública debe entender es que en Colombia, por mandato constitucional y convenios internacionales, los menores de 18 años no son procesados bajo la ley 906 del 2004 (Código de Procedimiento Penal), sino bajo la ley 1098 del 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), lo que significa que los menores son sujetos a un proceso penal diferente, es decir, no se puede hablar de penas, sino de medidas de seguridad, donde el objetivo es resocializar al menor, no castigarlo”, explicó el jurista.
Roldán indicó que, aunque aceptó cargos por los delitos principales, aún no ha sido declarado responsable, ya que esa decisión se toma en un juicio.
“La medida actual no constituye una condena, sino un recurso que busca alejar al menor del entorno que la ley presume como el primero responsable de su conducta delictiva. El sistema penal colombiano subraya que el menor infractor no actúa por su voluntad o autodeterminación, sino como resultado de la desprotección tanto estatal como familiar, lo que hace necesario iniciar un proceso de restablecimiento de derechos para el menor infractor”.
Sobre el posible castigo del menor, Rogelio Roldán anticipó que no supera los ocho años, ya que el objetivo es su recuperación y reintegro a la sociedad.
“El menor podría ser privado de libertad en un centro especializado por un periodo de hasta ocho años, muy diferente a la condena habitual para un adulto que podría ser sentenciado a hasta 40 años”.
Al referirse a lo acontecido durante la imputación de cargos, el penalista mencionó que no aceptar el cargo de falsedad marcaría podría ser parte de una táctica por parte de la defensa.
“Esta es una estrategia de defensa astuta, ya que aceptar los delitos graves busca beneficios y muestra una ‘voluntad de resocialización’. Al rechazar la falsedad marcaría, la defensa posiblemente argumentará que el menor era solo el parrillero o el ejecutor material del robo, pero no el propietario ni quien alteró la identidad de la motocicleta, tratando de desvincularse de ese delito específico para evitar sanciones adicionales o mantener un margen de duda razonable en ese aspecto menor.”
Finalmente, Roldán reflexionó sobre la situación delictiva en la que se encuentra un menor, cuestionándose por qué un joven de 16 años está involucrado en robos en Colombia.
“El debate no debe centrarse en la severidad de la pena, sino en lo que está ocurriendo con nuestro sistema escolar, con el Estado, con las instituciones y con la familia como núcleo fundamental. Por eso, no se pueden imponer sanciones máximas, ya que la responsabilidad no es solo del menor”.







