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Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en centro carcelario contra Álvaro Felipe Riveraseñalado como presunto responsable del fallecimiento de Valentina Cepeda Rodríguezocurrido en abril de 2024 en el sector de Villa Campestre, en jurisdicción de Puerto Colombia (Atlántico).
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La decisión se produjo tras la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento, en la que la Fiscalía General de la Naciónel Ministerio Público y el representante de victimas expusieron los elementos de juicio recaudados durante la investigación. El despacho demostró que estos cumplen, en esta fase inicial, con los requisitos legales para restringir la libertad del imputado mientras avanza el proceso penal.
Lo expuesto por la Fiscalía en la audiencia
Durante la diligencia, el fiscal del caso señaló que los resultados de la necropsia y otros informes forenses no son compatibles con un ahorcamientoversión que habría sido planteada inicialmente por el hoy procesado.
Álvaro Felipe Rivera, señalado como agresor. Foto:redes sociales
Según lo expuesto, en la inspección técnica al cadáver no se identificó el surco de presión en el cuello que suele presentarse en este tipo de muertes. Asimismo, se indicó que la lesión determinante se localiza en el esqueleto laringeohallazgo que orienta la hipótesis hacia una asfixia mecánica.
Al sustentar su decisión, el juez señaló que, si bien el proceso se encuentra en una etapa preliminar y no implica una definición de responsabilidad penal, los elementos aportados permiten inferir. la posible intervención de un tercerolo que supera el umbral exigido para imponer una medida de aseguramiento intramural.
“El despacho observa que los informes técnicos contradicen la hipótesis de una muerte autoinfligida”, indicó el funcionario judicial, al tiempo que aclaró que las conclusiones tienen carácter presuntoconforme a las reglas procesales vigentes. El juez también recordó que la detención preventiva es una medida excepcional, pero procedente cuando existen fundamentos que la justifican, de acuerdo con el artículo 307 del Código de Procedimiento Penal.
Valentina tenía 22 años, era instructora de yoga y estudiaba Licenciatura en Educación Infantil. Foto:suministrada
La defensa de Álvaro Felipe Rivera solicitó que no se ordenara la detención en centro carcelario. Argumentó que su representaba no intenté eludir a las autoridadespermaneció en el país durante el tiempo que duró la investigación y cuenta con arraigo personal y laboral.
Según el abogado, estos elementos permitirían considerar una medida menos restrictiva. No obstante, el despacho judicial concluyó que dichas circunstancias no resultaban suficientes para evitar la detención preventiva, dadas las particularidades del caso y la gravedad de la imputación.
Los antecedentes del caso
Valentina Cepeda, de 22 años, era instructora de yoga y estudiante de Licenciatura en Educación Infantil en la Universidad del Atlántico. La noche del 9 de abril de 2024 fue trasladada a la Clínica Portoazul Aunadonde recibió atención médica, pero falleció al día siguiente debido a la gravedad de las lesiones.
Imágenes de los plantones y protestas que exigían celeridad en el caso. Foto:suministrada
Desde el inicio, el caso quedó bajo investigación del CTI de la Fiscalíaluego de que el fallecimiento fuera inicialmente atribuido a un presunto suicidio. Con el avance de los peritajes y las diligencias técnicas, la autoridad judicial reorientó la indagación hacia un posible feminicidiotipificación que sustenta actualmente la Fiscalía.
Durante la audiencia, el juez también se refirió a afirmaciones relacionadas con una supuesta condición de salud mental o consumo de sustancias por parte de Valentina Cepeda. El despacho indicó que no existe respaldo probatorio que permita sostener diagnósticos psiquiátricos como esquizofrenia o trastorno bipolar.
Asimismo, precisó que el consumo de marihuana no constituyen delito y que, en ausencia de prueba técnica, no puede ser utilizado como elemento para explicar o justificar la muerte de la joven.
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Con la medida de aseguramiento ya definidael caso continuará su curso dentro de las etapas procesales previstas en la ley penal. Será en las siguientes fases donde la Fiscalía deberá presentar de manera formal la totalidad de su prueba, mientras la defensa ejerce el derecho de contradicción. Álvaro Felipe Rivera no aceptaron los cargos formulados en su contra.
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