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Economia

Victoria para colombianos despedidos: Corte Constitucional ordena un pago extraordinario para la pensión de estos trabajadores

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Corte Constitucional protegió a unos trabajadores de Colombia. Foto: Archivo particular y Getty Images a través de Canva Archivo particular y Getty Images a través de Canva

La Corte Constitucional protegió a los colombianos despedidos de sus trabajos. El alto tribunal ordenó que a uno de esos trabajadores se le tienen que pagar unos aportes.

En sentencia, la Corte reprochó el actuar de unas compañías en Colombia que despidieron a sus empleados, pese a que sabían la situación que afrontaban, por la cual estaban blindados por ley.

Corte Constitucional da victoria a colombianos despedidos y ordena pago

La Corte impuso una obligación al estudiar la situación de dos personas que habían sido nombradas en cargos de provisionalidad en entidades del Estado y fueron despedidas.

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Corte Constitucional se pronunció por unos colombianos que fueron despedidos de sus trabajos. Foto: @suwannar-kawila a través de Canva

(Además: Derrota para Colpensiones: Corte Suprema de Justicia ordena pagar una pensión sin importar que el afiliado no cumplió requisito).

Las entidades las apartaron de sus empleos para reemplazarlas por ciudadanos que ganaron un concurso de méritos y se quedaron con las vacantes de manera definitiva.

Por tanto, los trabajadores afectados radicaron tutelas para que fueran reintegrados a sus empleos. Uno de ellos denunció que lo echaron, pese a contar con la condición de prepensionado. La segunda persona, también prepensionada, alegó una condición de salud.

“Los accionantes alegaron que las entidades para las cuales trabajaban conocían las circunstancias que daban lugar a la estabilidad laboral, pero en todo caso no tomaron medidas encaminadas a garantizar la protección especial a la que tenían derecho”, reseñó la Corte.

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Corte Constitucional cuestionó unos despidos de trabajadores con protección especial. Foto: @superohmo a través de Canva

Al respecto, el alto tribunal recordó que, según la ley en Colombia, las personas que ocupan cargos en provisionalidad “gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, pues la naturaleza del nombramiento implica que este es temporal”.

Además, son “sujetos de especial protección constitucional”, ya sea por su condición de prepensionados o de salud.

Por tanto, la Corte les dio la victoria a estos colombianos despedidos. A la empresa que echó al prepensionado le pidió identificar si hay vacantes iguales o similares a las que ocupaba para contratarlo de nuevo.

Si no hay empleos, el alto tribunal le ordenó pagar de manera extraordinaria “los aportes que le hacen falta a la persona para cumplir con el requisito de las semanas necesarias para solicitar el derecho a la pensión de vejez”.

(Vea: No perderán la pensión: salvavidas para colombianos por semanas cotizadas que se creían embolatadas en Colpensiones).

Para el caso del trabajador con la condición de salud, la Corte destacó que al menos la empresa no interrumpió la afiliación al Sistema General de Seguridad Social y los aportes a pensión, pero le exigió reintegrarlo de nuevo y, si no hay empleos, priorizar su vinculación cuando se abra la plaza.

En caso negativo, la Corte determinó que la entidad accionada deberá pagar los aportes que le hacen falta a la persona para cumplir con el requisito de las semanas necesarias para solicitar el derecho a la pensión de vejez.

Corte advierte sobre despidos de personas con protección especial

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Prepensionados tienen protección especial, al igual que personas con condición de salud. Foto: Getty Images a través de Canva

La Corte Constitucional, en la mencionada sentencia T318 de 2025, recalcó que la ley en Colombia dispone de una protección especial para las personas prepensionadas.

“Las personas prepensionadas son aquellas que necesitan tres años o menos para cumplir los requisitos de la pensión de vejez. (…) Con el retiro del cargo se dificulta o anula la posibilidad de que cumplan los requisitos para obtener una pensión de vejez”, dijo.

(Le recomendamos: Victoria para familias de los policías: Corte Constitucional le da jalón de orejas a la institución por pago de la pensión).

También recordó que hay protección especial para las personas en situación de debilidad manifiesta por razones de salud.

“La existencia de una situación de debilidad manifiesta por razones de salud es uno de los supuestos en los que la Corte Constitucional ha identificado la necesidad de brindar una especial protección para las personas que son retiradas de un cargo que ocupaban en provisionalidad”, sentenció.

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