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En Colombia existe una prestación social de índole obligatoria que se proporciona a cada empleado independientemente del tipo de contrato que tenga. Las cesantías funcionan como un seguro de desempleo y un ahorro programado.
En Colombia existe una prestación social de índole obligatoria. Foto:iStock
Según la normativa, se establece que cada año de servicios trabajado equivale a un mes de salario, o según sea proporcional al tiempo laborado. Antes del 14 de febrero de cada año, independientemente del tipo de contrato, se ha de pactar con el empleador el pago de las mismas al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
El empleador debe pagarle al trabajador los intereses de las cesantías (12 % anual o proporcionales al tiempo trabajado), calculados sobre el total de las cesantías causadas durante el año o el período en el que se liquide.
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Así se calcula el valor de las cesantías que recibe cada empleado
La ley es clara: todo trabajador tiene derecho a cobrar sus cesantías, incluso si no ha terminado su contrato laboral por algún motivo interno o externo. Hasta 2025, el cálculo de esta prestación era fácilmente verificable tanto por el empleado como por el empleador y se regía con base en el salario mensual.
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Como base de este cálculo, en caso de que su salario sea variable por concepto de comisiones u horas extras, este puede promediarse antes de seguir el siguiente paso a paso:
- Tome su salario base mensual (salario + Auxilio de transporte, si lo incluye)
- (Salario base x días trabajados) /360
- Si, por ejemplo, usted ganaba $1.623.500 (incluido transporte) y trabajó durante 180 días:
($1.623.500 x 180)/360 = $811.750 (valor de cesantías)
Los empleadores tienen hasta el 14 de febrero de cada año para consignar las cesantías. Foto:iStock
Conforme con el artículo 99 de la ley 50 de 1990, se establece que los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción hacen parte de los términos de las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantía y se incluyen dentro del calculo.
Siguiendo el ejemplo de 180 días con un salario base de
$1.623.500 se debe calcular el interés del 12% y sumarlo al monto previo de $811.750 de la siguiente manera:
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- Valor de las cesantías x días trabajados x interés del 12 %, representado como 0.12 /360 días
($811.750 x 180 x 0.12)/360=$48.705
2. Valor de las cesantías + Intereses de las cesantías
$811.750+$48.705= $860.455= Total de Cesantías
Cabe aclarar que para este 2026, la formula se va a alterar un poco con la llegada de la nueva reforma laboral, se lo explicamos a continuación.
¿Cómo se pagarán las cesantías con la nueva Reforma Laboral?
Este 2026 entra en vigor la nueva reforma laboral, también conocida como Ley 2466 de 2025, se establece que los empleadores podrán hacer el pago de los intereses de las cesantías de manera mensual. Por consiguiente, este pago de intereses dejará de hacerse de forma anual, y se volverá mensual siempre que exista un acuerdo previo y por escrito con el empleado.
Así pues, el empleado verá mensualmente un 1% de los intereses de las cesantías como un monto adicional a su salario. Esta medida adoptada por el gobierno busca mejorar la liquidez en los hogares colombianos, así como facilitar la administración económica mensual de cada empleado.
Juan Sebastián Liévano Aldana
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
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