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Colombia

“El impuesto vuelve al punto original”: así impacta la suspensión de la emergencia económica en el precio del licor

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“El impuesto vuelve al punto original”: así impacta la suspensión de la emergencia económica en el precio del licor
– crédito Colprensa

El 29 de enero, la Corte Constitucional determinó suspender provisionalmente el decreto que el Gobierno nacional había usado para declarar la emergencia económica. Esta decisión implica que las medidas extraordinarias adoptadas bajo ese estado de excepción quedan sin aplicación, incluyendo el aumento de impuestos a productos como las bebidas alcohólicas.

Con esta suspensión, los decretos derivados de la emergencia dejan de tener efecto, al menos hasta que el tribunal emita un fallo definitivo.

Esto significa que los aumentos en los impuestos al licor deben ser revertidos, lo que resulta en una disminución de precios en comparación con los valores registrados después de la entrada en vigor de la medida del Ejecutivo.

FOTO DE ARCHIVO. Un empleado
FOTO DE ARCHIVO. Un empleado cuenta billetes de pesos colombianos en una casa de cambio en Bogotá, Colombia, 11 de julio, 2022. REUTERS/Luisa González

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Durante la vigencia de la emergencia económica, las bebidas alcohólicas fueron gravadas con un IVA del 19%, además de un incremento en el impuesto al consumo. Esta combinación de cargas fiscales incrementó significativamente el precio de productos como rones, aguardientes y whiskies, tanto nacionales como importados, en diversas regiones del país.

Con la decisión de la Corte, los precios deben volver a los niveles anteriores a la declaración de emergencia, ya que el Gobierno no puede aplicar, por el momento, las disposiciones excepcionales. Expertos consultados por Caracol Radio explicaron que la suspensión tiene efectos inmediatos sobre los tributos creados o modificados bajo ese marco.

El exministro de Hacienda José Manuel Restrepo comentó a Caracol Radio que la decisión del tribunal “hace que el impuesto regrese a su estado original, mientras se resuelve la decisión definitiva”. Según su explicación, una vez suspendido el decreto, no hay base jurídica para mantener los aumentos, por lo que la estructura tributaria vuelve a su estado anterior.

Desde una perspectiva legal, Kenneth Burbano Villamarín, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre, mencionó que la constitucionalidad del decreto es “cuestionable”, al considerar que no se justifica adecuadamente la necesidad de declarar un estado de emergencia económica. Sin embargo, también planteó dudas sobre el alcance de la actuación de la Corte en este tipo de casos.

Burbano expresó que “dado que el comunicado de prensa carece de una justificación, genera incertidumbre sobre los argumentos que llevaron a suspender el decreto”. En su análisis, la Sala Plena probablemente consideró los efectos que la norma podría causar, especialmente si estos resultaban difíciles de revertir ante una posible inexequibilidad.

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Mientras se espera el fallo definitivo, el mercado de licores deberá ajustarse a los precios anteriores a la emergencia. Algunos ejemplos ilustran el impacto del cambio. El Aguardiente Amarillo de Manzanares, en presentación de 750 ml, pasó de $71.112 a $49.705. En el caso del Ron Viejo de Caldas, también de 750 ml, el precio baja de $84.604 a $54.545.

Otro producto con variaciones significativas es el Aguardiente Antioqueño, cuya botella de 750 ml vuelve de $33.000 a $17.500. De manera general, los rones muestran una reducción cercana al 45% en su precio final, según las estimaciones conocidas tras la suspensión del decreto.

Estas variaciones reflejan la incidencia directa de los impuestos en el precio al consumidor, especialmente en un sector donde el componente tributario es relevante en el valor final. La reversión de las medidas implica ajustes tanto para los productores como para los distribuidores y comerciantes.

La Corte Constitucional dejó claro que la suspensión es provisional, y se mantendrá “hasta que la Sala Plena tome una decisión de fondo”. Esto abre la posibilidad de que, dependiendo del resultado del análisis constitucional, las medidas puedan ser restablecidas o anuladas de manera definitiva.

Mientras tanto, el marco tributario que aplica a las bebidas alcohólicas es el previo a la emergencia, y cualquier modificación futura dependerá del pronunciamiento final del tribunal. En este contexto, los precios actuales del licor se rigen exclusivamente por la normativa ordinaria vigente y no por disposiciones excepcionales.

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