Economia
la multa es de más de $ 133 millones

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó al establecimiento Jenagro 85, ubicado en Bogotá, por vulnerar el régimen de protección al consumidor al cobrar valores superiores a los precios anunciados y no garantizar la entrega de vueltas correctas. La decisión se adoptó tras una visita administrativa y derivó en una multa de $ 133.452.200.
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Hallazgos durante la visita administrativa
La actuación se enmarca en las funciones constitucionales y legales de la SIC como autoridad encargada de la protección de los derechos de los consumidores en Colombia.
Durante una visita administrativa, la Dirección de Investigaciones para la Protección del Consumidor evidenció prácticas contrarias al Estatuto del Consumidor y a la Circular Única de la entidad.
El establecimiento es sancionado por vulnerar el régimen de protección al consumidor. Foto:iStock
Como resultado de esta actuación, la SIC comprobó el incumplimiento de las normas vigentes y la afectación de los derechos de los consumidores en las relaciones de consumo desarrolladas en el establecimiento, lo que dio lugar a la imposición de la sanción económica.
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Incumplimientos en el deber de información al consumidor
En materia de información al consumidor, la SIC recordó que el Estatuto del Consumidor y la Circular Única establecen que productores y proveedores deben suministrar información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los bienes y servicios ofrecidos.
Durante la inspección, la Dirección identificó que Jenagro 85 no exhibía el aviso obligatorio de “vueltas correctas” en las cajas registradoras, omitiendo una obligación expresa de información.
Dderivó en una multa de $ 133.452.200. Foto:iStock
La ausencia de este aviso fue considerada una infracción al deber de informar, al limitar el conocimiento efectivo de un derecho reconocido por la normativa de protección al consumidor.
Cobros superiores y beneficio económico indebido
La investigación también abordó la entrega de vueltas incorrectas. La normativa vigente establece que el precio de venta al público, incluidos impuestos y costos adicionales, debe informarse en pesos colombianos, y que el consumidor solo está obligado a pagar el precio anunciado.
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Al verificar las transacciones realizadas, la SIC encontró que el establecimiento cobró valores superiores a los precios anunciados, ajustando las diferencias a su favor al momento del pago. Aunque las diferencias podían ser mínimas en operaciones individuales, su repetición sistemática configuró un beneficio económico indebido con impacto directo sobre la economía de los consumidores.
Órdenes y recursos contra la sanción
Como parte de la decisión, la SIC ordenó a Jenagro 85 adoptar medidas internas para garantizar que, sin importar el medio de pago o las condiciones operativas, los consumidores no paguen un valor superior al precio anunciado por los productos adquiridos.
Contra la sanción proceden los recursos de reposición y, en subsidio, apelación, conforme a la normativa vigente. Con esta actuación, la SIC reiteró su compromiso con la garantía de los derechos de los consumidores en todo el territorio nacional.
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*Este contenido fue reescrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de Portafolio, y contó con la revisión de la periodista y un editor.







