Colombia
Pico y Placa en Bogotá: restricciones vehiculares para este viernes
Con los recientes ajustes en el programa de restricción vehicular conocido como Pico y Placa, es fundamental estar informado sobre qué vehículos no pueden circular en Bogotá en el día de hoy.
La Secretaría de Movilidad de Bogotá aclara que la restricción vehicular varía según el dígito final de la placa, el tipo de vehículo, el día de la semana, e incluso la hora.
Este programa busca disminuir la cantidad de vehículos en circulación como parte de un plan integral para reducir el tráfico y los elevados niveles de contaminación en la ciudad.
Implementado desde 1998, el Pico y Placa ha estado en vigencia por más de 20 años. A continuación, se presenta el calendario de restricciones para este viernes 20 de febrero, según la alcaldía.
Fecha: viernes 20 de febrero de 2026.
Particulares: 1-2-3-4-5
Taxis: 3-4
Motos: No aplica
La restricción vehicular para los taxis y transporte especial comienza a las 5:30 horas, mientras que para los vehículos particulares inicia a las 6:00 horas. Ambas finalizan a las 21:00 horas.
Por su parte, los vehículos de carga están sujetos a dos horarios de Pico y Placa: el primero, de 6:00 a 8:00 horas y el segundo, de 17:00 a 20:00 horas.
Esto es cómo opera el programa de restricción vehicular Pico y Placa.
Los vehículos particulares se dividen en dos categorías según el último dígito de su placa. La primera incluye aquellos con terminaciones 1, 2, 3, 4 o 5, mientras que la segunda comprende a los que terminan en 6, 7, 8, 9 o 0.
Por lo tanto, los automóviles con terminación en 1, 2, 3, 4 o 5 no pueden circular los días pares. En cambio, quienes finalicen en 6, 7, 8, 9 o 0 tienen restricción en días impares.
El horario del Pico y Placa para vehículos particulares es de 6:00 a 21:00 horas, de lunes a viernes, exceptuando fines de semana y festivos.
En cuanto a los taxis y vehículos de transporte especial, la restricción se aplica en pares: 1 y 2, 3 y 4, 5 y 6, 7 y 8, 9 y 0. Cabe destacar que la restricción para estos vehículos cambia semanalmente, por lo que es crucial que los usuarios se mantengan informados.
Además, los vehículos de carga no pueden circular durante las horas de restricción del Pico y Placa, exceptuando los sábados, pero bajo condiciones relacionadas con el peso y la antigüedad del vehículo.
A diferencia de los vehículos particulares, la restricción vehicular para taxis, transporte especial y vehículos de carga se aplica de lunes a viernes.
Existen excepciones que permiten a ciertos vehículos, incluyendo los eléctricos, híbridos, de cero emisiones, motocicletas, de servicio diplomático, funerarias, de emergencia y seguridad, aquellos que transportan personas con discapacidades, de control de tráfico y grúas, y aquellos designados para medios de comunicación, autoridades judiciales, transporte escolar, enseñanza automovilística, y con tres o más ocupantes, circular sin las limitaciones del Pico y Placa.
Para que tu vehículo pueda beneficiarse de estas excepciones, es necesario registrarlo previamente ante la Secretaría de Movilidad de Bogotá.
Si tu auto no figura en la lista de excepciones pero deseas que circule a diario en Bogotá, puedes solicitar el denominado Pico y Placa Solidario, que permite a los conductores elegir los días, semanas o meses en los cuales pueden circular sin restricciones, a cambio de una contribución económica destinada a mejorar el Sistema Integrado de Transporte Público de la ciudad.
Adicionalmente, existe la restricción vehicular conocida como Pico y Placa Regional, que se aplica el último día de cada puente festivo en los nueve corredores de acceso a Bogotá.
Para los vehículos con placas impares, la restricción se aplica desde las 12:00 hasta las 16:00 horas, mientras que para aquellos con placas pares la prohibición es desde las 16:00 hasta las 20:00 horas.
Los nueve corredores de ingreso a Bogotá donde se establece el Pico y Placa Regional son:
Autopista Norte: desde el peaje Andes hasta el portal Norte.
Autopista Sur: desde el límite municipal de Soacha hasta la avenida Boyacá.
Avenida Centenario (calle 13): desde el río Bogotá hasta la avenida Ciudad de Cali (avenida carrera 86).
Avenida Calle 80: desde el puente de Guadua hasta el portal 80.
Avenida Carrera 7: desde la calle 245 hasta la calle 183.
Avenida Boyacá vía al Llano: desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano.
Vía Suba Cota: desde el río Bogotá hasta la avenida calle 170.
Vía la Calera: desde el peaje Patios hasta la avenida carrera 7.
Vía a Choachí: desde la vía a Monserrate hasta la avenida circunvalar.
Los vehículos exentos de esta regulación son aquellos que transportan tres o más ocupantes, ambulancias y aquellos con Pico y Placa Solidario.
Las autoridades de Bogotá han establecido un sistema de sanciones económicas para quienes infrinjan el Pico y Placa en cualquiera de sus modalidades.
La multa para el año 2023 es de 522.900 pesos colombianos, además de la inmovilización del vehículo, conforme al Código Nacional de Tránsito por la infracción C.14.
