Economia
así quedaron los valores en Colombia

Perder a un familiar es una de las experiencias más duras que puede enfrentar una persona. Esto no solo implica un proceso emocional, sino también una serie de gastos económicos, los cuales están relacionados con el ataúd, el traslado del cuerpo, la velación, la cremación, entre otros.
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En un momento tan complicado como este, las familias no quieren pensar en este tipo de gastos, y en algunas ocasiones asumirlos resulta difícil, especialmente cuando no cuentan con un seguro exequial o ahorros previos.
Sin embargo, el 1 de julio de 2025 comenzó a regir la Ley 2381 de 2024, de la reforma pensional, la cual establece las condiciones para la entrega del auxilio funerario, al que todos los colombianos tienen derecho.
El artículo 56 de la mencionada ley establece lo siguiente: “La persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un(a) afiliado(a) o pensionado(a), tendrá derecho a percibir un auxilio funerario equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que este auxilio pueda ser inferior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario”.
Esto especifica que esta prestación será asumida y pagada por el Componente de Prima Media, que es administrado por Colpensiones.
Este auxilio funerario está establecido por la ley. Foto:iStock
Esta ayuda monetaria está dirigida a todas las personas que demuestren haber pagado los gastos funerarios, ya sea de un pensionado o de un afiliado activo de Colpensiones que haya fallecido.
Algo que deben tener en cuenta es que esto no está limitado únicamente a los familiares directos, sino a todas las personas que hayan asumido los costos, de acuerdo con el Ministerio de Justicia.
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Así quedó el auxilio funerario para el 2026
De acuerdo con el artículo 56 de la reforma pensional, los valores del auxilio funerario para 2026, con el salario mínimo fijado en $1.750.905, quedaron de la siguiente manera:
- Monto mínimo (5 Salario mínimo mensual legal vigente): $8.754.525.
- Monto máximo (10 Salario mínimo mensual legal vigente): $17.509.050.
Para acceder a este auxilio funerario, las personas deben presentar los siguientes documentos ante Colpensiones:
- Documento de identificación original del solicitante.
- Registro Civil de defunción del afiliado o pensionado (expedido máximo hace 3 meses).
- Factura de los gastos funerarios con sello de cancelado, donde se indique quién realizó el pago y los servicios prestados.
- Certificación del centro o empresa que prestó el servicio fúnebre.
- Contrato preexequial, si existe.
- Carta de autorización de los herederos, si el cobro lo realiza una sola persona.
- Certificación bancaria para consignación del dinero.
- Si el trámite lo hace un tercero autorizado: carta de autorización y copias de las cédulas del autorizado y del otorgante.
Este proceso se puede realizar en línea o de manera presencial. Foto:iStock
Las personas deben tener en cuenta que, para solicitar el auxilio funerario, deben verificar que, al momento del fallecimiento, el familiar se encontraba en la nómina de pensionados, era cotizante activo y estaba al día con sus pagos.
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Así puede reclamar el auxilio
Quienes estén interesados en solicitar esta ayuda deben realizarlo de la siguiente manera:
- En línea: en el portal web, www.colpensiones.gov.co. Acceda al menú ‘Zona Transaccional’, ‘Auxilio funerario’, regístrese y siga los pasos. Tenga en cuenta los soportes que pide Colpensiones.
- Presencial: Punto de Atención Colpensiones (PAC). Reúna los soportes y diligencie los formularios que aplican. Radique la solicitud con su documento de identificación.
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WENDYS PITRE ARIZA
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
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