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Colombia

Aumento del salario mínimo 2026: cuándo el empleador no está obligado a subir el sueldo y qué dice la ley

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Aumento del salario mínimo 2026: cuándo el empleador no está obligado a subir el sueldo y qué dice la ley
El nuevo salario mínimo para 2026 fue decretado por el Gobierno tras no lograrse un acuerdo entre empresarios y centrales obreras. – crédito EFE/Leonardo Muñoz/Archivo

El aumento del salario mínimo para 2026, anunciado por el Gobierno nacional, reabre un debate recurrente en Colombia: ¿este incremento implica que las empresas deben aumentar todos los salarios? Aunque muchos trabajadores podrían pensar que la respuesta es sí, lo cierto es que la obligación del empleador no es automática y está sujeta a la legislación laboral vigente.

Esta discusión se vuelve crucial tras la decisión del Ejecutivo de establecer el salario mínimo vital en $1.750.905, acompañado de un auxilio de transporte de $249.095, lo que eleva el ingreso mínimo legal a $2.000.000 mensuales a partir del 1 de enero de 2026. Sin embargo, no todos los trabajadores verán este aumento reflejado en su nómina, ya que la ley colombiana especifica cuándo el empleador está obligado a ajustar el sueldo y cuándo no.

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El artículo 145 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) establece el salario mínimo como la remuneración básica que debe recibir un trabajador por su jornada ordinaria. Además, el artículo 148 del CST deja claro que ningún empleador puede pagar menos del salario mínimo legal vigente, y ningún acuerdo privado puede ignorar este mínimo.

Esto significa que el aumento decretado para 2026 es obligatorio solo para aquellos que ganan exactamente el salario mínimo o menos que el nuevo monto fijado. Para los demás casos, la ley no exige un ajuste automático.

El incremento salarial busca fortalecer
El incremento salarial busca fortalecer el poder adquisitivo de los hogares, aunque no se aplica automáticamente a todos los trabajadores. – crédito EFE/Leonardo Muñoz

Conforme a la normativa vigente y a las reiteradas declaraciones de la Corte Suprema de Justicia, el empleador no está legalmente obligado a aumentar el salario en las siguientes situaciones:

Si un trabajador gana más del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV), el incremento del mínimo no genera un derecho adquirido a un aumento salarial. La Corte ha indicado que el salario mínimo no sirve como un mecanismo de indexación general para los sueldos.

De acuerdo con el artículo 132 del CST, el salario integral incluye prestaciones sociales, recargos y beneficios adicionales. Por este motivo, no está directamente vinculado al aumento del salario mínimo, siempre y cuando cumpla con el valor mínimo legal del salario integral.

Cuando el contrato laboral estipula que los aumentos dependen de variables como desempeño, productividad o inflación (IPC), prevalece lo acordado entre las partes. Este principio se basa en la autonomía de la voluntad contractual.

Las personas vinculadas a través de contratos por honorarios no tienen relación laboral, de acuerdo con el artículo 23 del CST, por lo tanto no están amparadas por el salario mínimo. Cualquier ajuste debe ser acordado al momento de renovar el contrato.

La ley laboral establece que
La ley laboral establece que el salario mínimo es un piso de protección y no un mecanismo de ajuste general de sueldos. – crédito Colprensa – Juan Páez

Existen situaciones específicas en las que el empleador sí debe ajustar el salario:

  • Cuando el trabajador queda por debajo del salario mínimo 2026 tras el nuevo decreto.
  • Si existen convenciones colectivas, pactos sindicales o reglamentos internos que ordenan el incremento automático.
  • Cuando el contrato laboral establece expresamente que el salario se ajusta cada año conforme al aumento del mínimo.

El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas, de acuerdo con la Ley 1610 de 2013, que faculta al Ministerio del Trabajo para imponer multas.

Tras semanas sin consenso entre centrales obreras, que pedían un aumento del 16%, y empresarios, que proponían un alza del 7,21% acorde con la inflación, el presidente Gustavo Petro anunció este 29 de diciembre un incremento del 23,7%, uno de los más altos en décadas.

Según el mandatario, el cálculo responde al concepto de salario mínimo vital de la OIT, orientado a cubrir necesidades básicas como alimentación, vivienda, salud y servicios públicos. Petro afirmó que el aumento real, descontando la inflación, sería del 18,7%.

Durante su intervención, el presidente defendió la medida frente a las críticas empresariales, afirmando que el aumento del salario mínimo impulsa el consumo interno, fortalece la economía y ayuda a reducir la pobreza. Además, citó cifras oficiales sobre desempleo y pobreza, destacando que se encuentran en los niveles más bajos del siglo.

El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, respaldó la decisión y afirmó que el salario vital para 2026 representa “un paso firme por la dignidad laboral y el bienestar de las familias”.

El aumento anunciado por el
El aumento anunciado por el Ejecutivo se ubica por encima de la inflación y genera debate sobre su impacto en el empleo. – crédito iStock

A pesar del incremento histórico, dos grandes grupos quedan excluidos del impacto directo:

  1. Trabajadores informales, que representan el 43,7% de la fuerza laboral, según el Dane.
  2. Contratistas por prestación de servicios, cuyos ingresos dependen exclusivamente de lo pactado en el contrato.

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