Colombia
Caso Nicolás Petro: juez negó medida de aseguramiento contra el hijo del presidente por contratos irregulares

El viernes 19 de diciembre de 2025, el juez Jorge Alberto Ortiz llevó a cabo una audiencia para determinar si el exdiputado Nicolás Petro sería enviado a prisión. Petro enfrenta acusaciones de la Fiscalía sobre irregularidades contractuales entre la Fundación Consciencia Social (Fucoso) y la Gobernación del Atlántico, durante la administración de Elsa Noguera.
El juez decidió no imponer medida de aseguramiento al considerar la solicitud “improcedente”, en línea con la opinión del procurador delegado. La fiscalía, sin embargo, presentó un recurso de apelación.
El caso involucra supuestos acuerdos ilegales de 2021 que habrían generado beneficios de $111 millones para Petro y su expareja, Day Vásquez, en contratos que también implican a Pedro Name, Gustavo de la Ossa y Raúl Lacouture, exsecretario general de la Gobernación, de acuerdo con la acusación de la fiscal Lucy Laborde.
Entre los delitos que se le imputan a Nicolás Petro se encuentran el interés indebido en la celebración de contratos, falsedad en documento público, tráfico de influencias y peculado por apropiación, cargos de los cuales el exdiputado se declaró inocente durante la audiencia mencionada.
Durante la diligencia, la Procuraduría General, a través de un delegado, se opuso a la solicitud de la Fiscalía para encarcelar a Petro.
El representante del Ministerio Público sostuvo que: “No se puede inferir razonablemente que, por su posible implicación en conductas delictivas, esto lleve a concluir que el señor Nicolás Petro continúe cometiendo delitos en el futuro”, según su declaración ante el despacho.
La defensa, representada por el abogado Alejandro Carranza, reafirmó la inocencia de su cliente y pidió al juez que no ordenara su prisión. Carranza señaló que la fiscal Lucy Laborde había cometido numerosas irregularidades durante el proceso.
Entre las pruebas revisadas hay chats presentados por la Fiscalía, destacando uno del 19 de agosto de 2021: “Daysuris envía a Nicolás Petro una captura de pantalla donde su contacto, Gustavo de la Ossa, afirma que ya recibió el contrato y que solicitarían las pólizas.
A continuación, Daysuris le reenvía fotos del registro del Secop de dicho contrato”, explicó el juez Ortiz. El tribunal consideró este intercambio como un indicio del “conocimiento y participación” de Petro en las conductas investigadas.
El juez también mencionó una conversación del 18 de junio de 2022, en la que Vásquez le criticó a Petro una publicación considerada comprometedora sobre “Alex”, identificado en el contexto policial como Alex Char, sugiriendo la importancia de mantener relaciones positivas con ciertos apoyos políticos, especialmente con Elsa Noguera y su equipo.
Al analizar el caso, Ortiz reconoció que tanto la Procuraduría como la defensa habían señalado con razón algunas deficiencias en los procedimientos de la Fiscalía, especialmente la falta de claridad sobre el monto preciso de la supuesta apropiación. Sin embargo, aseveró: “Sí hay una inferencia razonable en cuanto a ambos delitos de peculado por apropiación.”
El juez también indicó que existían “las condiciones para inferir el cargo de interés indebido en la celebración de contratos”, aunque no logró establecer la existencia de tráfico de influencias ni vínculos directos con los contratos investigados.
Ortiz aclara que en este momento no hay pruebas suficientes sobre falsedad en documento público ni privado, mencionando la falta de documentos como el currículum de Nicolás Petro o los relacionados con la empresa de la cual, presuntamente, habría conseguido un certificado laboral falso.







