Economia
Colombia activa aranceles del 30 % a 73 productos que llegan desde Ecuador
El pulso comercial entre Colombia y Ecuador escaló este martes. El Gobierno colombiano oficializó la imposición de un arancel del 30 por ciento a 73 subpartidas arancelarias provenientes de ese país y ordenó restricciones adicionales al ingreso terrestre de varios productos sensibles por las fronteras de Ipiales y Puerto Asís.
La decisión quedó consignada en el Decreto 0170 del 20 de febrero de 2026 y constituye la respuesta formal a la “tasa de seguridad” que el presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, impuso el pasado 21 de enero a las importaciones desde Colombia, también del 30 por ciento.
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Según el decreto, la sobretasa ecuatoriana constituye un “incumplimiento flagrante” del Acuerdo de Cartagena —norma que rige el comercio dentro de la Comunidad Andina (CAN)—, en la medida en que rompe el principio de libre circulación de mercancías entre los países miembros.
El Gobierno colombiano argumenta que la medida de Quito alteró de manera sustancial las condiciones normales de acceso al mercado y generó un grave desequilibrio comercial.
Decreto 0170 del 24 de febero del 2026
El decreto advierte que, de mantenerse el arancel ecuatoriano, las exportaciones colombianas podrían caer 97 por ciento, lo que equivaldría a una reducción cercana a 1.803 millones de dólares. Hasta noviembre de 2025, las ventas a ese mercado ya sumaban 1.673 millones, con una caída de 3 por ciento frente al año anterior.
El 84 por ciento de esas exportaciones corresponde a bienes industriales, entre ellos azúcar refinada, conductores eléctricos de cobre, confitería sin cacao, vehículos y café sin tostar.
Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto:Presidencia
Productos gravados
El arancel del 30 por ciento se aplicará a 23 partidas arancelarias desagregadas en 73 subpartidas. Entre los productos más relevantes se encuentran:
- Arroz (en distintas presentaciones y grados de elaboración).
- Azúcar (en varias subpartidas de azúcar de caña o remolacha).
- Aceites vegetales, como aceite de palma y sus fracciones.
- Banano y plátano fresco.
- Cacao en polvo.
- Alcohol etílico y aguardientes.
- Camarón y langostino.
- Pescado congelado y peces vivos.
- Neumáticos nuevos de caucho.
- Tubos y perfiles de acero y aluminio.
- Envases y manufacturas plásticas.
El arroz ecuatoriano que ingrese por puertos colombianos deberá pagar un 30 % adicional. Foto:iStock
En términos prácticos, esto significa que un cargamento de arroz ecuatoriano que ingrese por puertos colombianos deberá pagar un 30 por ciento adicional sobre su valor CIF, encareciendo su precio frente al producto nacional.
Restricción por vía terrestre
Más allá del arancel, el Gobierno impuso una medida adicional: varios productos no podrán ingresar por vía terrestre a través de las jurisdicciones de Ipiales y Puerto Asís. Entre los bienes con restricción de ingreso terrestre están:
- Arroz y derivados.
- Cebolla (blanca y roja).
- Tomate.
- Papa.
- Fríjol.
- Maracuyá.
- Plátano y banano.
- Productos pesqueros y acuícolas.
- Camarón y langostino.
- Material biológico acuícola.
- Sustancias utilizadas en la producción de fentanilo.
En estos casos, el decreto no prohíbe totalmente la importación, pero sí la canaliza exclusivamente por medios marítimos o aéreos, con el argumento de reforzar trazabilidad, control sanitario y lucha contra el contrabando.
El Ejecutivo sustenta la decisión tanto en el Acuerdo de Cartagena como en el artículo XXI del GATT de la Organización Mundial del Comercio, que permite excepciones por razones de seguridad nacional.
El decreto insiste en que la medida es proporcional y temporal, y que busca evitar un impacto profundo sobre sectores estratégicos.
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En el caso del arroz, por ejemplo, el Gobierno advierte que existen inventarios equivalentes al 46 por ciento del consumo anual y que el ingreso irregular desde Ecuador presiona los precios internos. También menciona riesgos fitosanitarios, como la posible introducción de plagas en cultivos de musáceas (plátano y banano), papa y aguacate Hass.
En el frente acuícola, se señala el riesgo sanitario por enfermedades que podrían afectar la producción nacional de trucha, camarón y langostino.
Comercio bajo presión
Colombia y Ecuador han sido históricamente socios estratégicos, con un comercio bilateral cercano a 2.800 millones de dólares anuales. La balanza es tradicionalmente deficitaria para Ecuador, en alrededor de 900 millones.
La disputa ya ha generado otras tensiones: suspensión temporal del suministro de electricidad desde Colombia y aumento de tarifas para el transporte de crudo colombiano por oleoductos ecuatorianos.
Disputa ha generado, además, la suspensión temporal del suministro de electricidad desde Colombia. Foto:Archivo particular.
Ecuador, por su parte, ha presentado reclamos ante la CAN y sostiene que su “tasa de seguridad” responde a preocupaciones sobre narcotráfico y minería ilegal en la frontera.
¿Qué viene ahora?
El decreto entrará en vigor cinco días después de su publicación oficial. Aunque el Gobierno colombiano insiste en que la medida busca restablecer condiciones de reciprocidad y no escalar el conflicto, el comercio andino atraviesa uno de sus momentos más tensos en años.
El desenlace dependerá, en buena parte, de si ambos países retoman el diálogo o si el diferendo termina en una controversia formal ante la CAN o incluso ante la OMC.
