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Concejala Clara Lucía Sandoval defendió proyecto que limitaba el acceso a la IVE tras rechazo del distrito: “Parece que no la leyeron”

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Concejala Clara Lucía Sandoval defendió proyecto que limitaba el acceso a la IVE tras rechazo del distrito: “Parece que no la leyeron”
La Secretaría de la Mujer destacó que únicamente el Congreso y el Gobierno Nacional son los competentes para regular la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia – crédito Secretaría de la Mujer

En el marco del debate sobre los derechos reproductivos en la capital, la Secretaría Distrital de la Mujer emitió un concepto de no viabilidad jurídica y técnica al Proyecto de Acuerdo 340, conocido como “Ruta por la Vida”, impulsado por la concejala Clara Lucía Sandoval y aprobado por el Concejo de Bogotá el cinco de febrero de 2025.

El proyecto, que proponía implementar una ruta de atención psicosocial para mujeres durante la gestación y lactancia, se enfocaba en acciones para mujeres en situación de vulnerabilidad, además de ofrecer atención psicológica a aquellas que consideraran la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

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La respuesta institucional fue clara: “Reiteramos nuestro compromiso con la garantía de los derechos sexuales y reproductivos, así como el derecho a la salud integral y la autonomía reproductiva de las mujeres”, afirmó la Secretaría de la Mujer.

La directora de la entidad, Laura Tamil Leal, explicó que la administración distrital no podía respaldar el acuerdo debido a restricciones normativas y constitucionales. Leal enfatizó que “la facultad para reglamentar, establecer rutas y políticas respecto a la interrupción voluntaria del embarazo pertenece exclusivamente al Congreso de la República y al Gobierno nacional. En ningún caso, los entes territoriales están facultados para pronunciarse sobre este asunto”. Además, destacó que actualmente la ciudad sigue las disposiciones del Ministerio de Salud.

El análisis jurídico subrayó que capacitar sobre alternativas a la IVE puede convertirse en una barrera para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo – crédito Freepik

La secretaria también puso en duda la utilización de la expresión “alternativas a la IVE” en el texto, considerándola inconstitucional en los términos propuestos. Recordó que la Corte Constitucional, en la sentencia C-055 de 2022, determinó que la protección de la vida en gestación no se limita a la penalización, sino que requiere la implementación de políticas públicas integrales de salud para las mujeres.

Según Leal, el proyecto no refleja este enfoque: “Orientar la capacitación de funcionarios hacia alternativas distintas a la IVE puede constituir un obstáculo para el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo”.

En respuesta a esta declaración, Clara Lucía Sandoval defendió su propuesta. A través de sus redes sociales, la concejala comentó: “Para quienes siguen afirmando que nuestro proyecto ‘Ruta por la Vida’ está en contra de la sentencia C-055 de la Corte, aquí les dejo un extracto de la sentencia, porque parece que no la han leído por completo, o quieren omitir la parte de la sentencia que no les favorece”.

Sandoval compartió un fragmento del fallo en el que se reconoce la posibilidad de implementar políticas públicas integrales que ofrezcan verdaderas alternativas a la interrupción del embarazo, así como la responsabilidad de garantizar el derecho a la salud reproductiva de acuerdo a lo establecido por el legislador. La concejala enfatizó que su iniciativa no busca restringir derechos, sino ampliar las opciones de acompañamiento para las mujeres.

La concejala Clara Lucía Sandoval
La concejala Clara Lucía Sandoval defendió la propuesta afirmando que busca ampliar las opciones de apoyo, no restringir los derechos reproductivos – crédito Clara Lucía Sandoval/X

El análisis jurídico y técnico proporcionado por la Secretaría de la Mujer resaltó tres puntos clave para justificar su oposición. En primer lugar, la inconstitucionalidad de las disposiciones, particularmente por el uso aislado de la frase “alternativas a la IVE”, que según la entidad interrumpe el enfoque integral del derecho a la salud global y no cumple con los estándares constitucionales relacionados con los derechos sexuales y reproductivos.

Las sentencias C-355 de 2006, la SU-096 de 2018 y la C-055 de 2022 de la Corte Constitucional establecen que la IVE es parte del derecho fundamental a la salud y la autonomía reproductiva.

En segundo lugar, el concepto subraya que los funcionarios públicos tienen la obligación de proporcionar información integral y objetiva, sin favorecer enfoques parciales ni limitar la autonomía de las mujeres. La administración advirtió que cualquier capacitación institucional debe permitir a los funcionarios presentar toda la gama de opciones legales, sin sesgos, para evitar cualquier tipo de barreras o interferencias en el acceso a la IVE.

El tercer punto se refiere a la falta de competencia y duplicidad normativa. La Secretaría de la Mujer recordó que el Ministerio de Salud y Protección Social es el único competente para definir las rutas integrales de atención en salud materno-perinatal y establecer los lineamientos técnicos y operativos en este ámbito, tal como se indica en las resoluciones 3280 de 2018 y 051 de 2023. Por ende, el Distrito Capital cuenta ya con las orientaciones nacionales necesarias para implementar estas rutas a nivel local.

Organizaciones como Profamilia alertaron sobre
Organizaciones como Profamilia han expresado preocupación por posibles retrocesos en derechos sexuales y reproductivos y el riesgo de obstáculos adicionales al acceso a la IVE – crédito Freepik

Durante el debate previo, los concejales Julián Triana, Juan David Quintero, José Cuesta y Donka Atanassova manifestaron sus reservas respecto al proyecto, alertando sobre posibles limitaciones de derechos, estigmatización e incertidumbres sobre la competencia del Concejo en temas de derechos reproductivos. A pesar de estas opiniones, el acuerdo fue aprobado en sesión plenaria.

La controversia también provocó reacciones en organizaciones de la sociedad civil. Profamilia expresó su inquietud por posibles retrocesos en derechos sexuales y reproductivos tras la aprobación inicial del Acuerdo 340.

La CEO de la entidad, Marta Royo, calificó la medida como “inconstitucional” y advirtió sobre el riesgo de nuevas barreras al acceso seguro y oportuno a la IVE, un derecho reconocido por la Corte Constitucional. Profamilia enfatizó que el aborto es legal hasta la semana 24 de gestación, conforme a la sentencia C-055 de 2022, y posteriormente bajo las tres causales definidas en la sentencia C-355 de 2006, recordando que ninguna autoridad puede imponer requisitos adicionales ni condiciones que obstaculicen el ejercicio de este derecho.

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