Colombia
Corte Constitucional deja sin efecto dos decretos fiscales al suspender la emergencia económica decretada por el Gobierno

La suspensión provisional del Decreto 1390 de 2025, a través del cual el Gobierno nacional declaró “el estado de emergencia económica y social en todo el territorio nacional”, generó efectos inmediatos sobre otras normativas emitidas dentro de ese marco excepcional.
Según información obtenida por Semana, dos decretos adicionales quedaron sin posibilidad de implementación después de la decisión tomada por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
El decreto suspendido fue firmado el 22 de diciembre de 2025 y se convirtió en la base legal para la emisión de normas posteriores destinadas a atender las necesidades fiscales del Estado.
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Sin embargo, al quedar en suspensión sus efectos hasta que se tome una decisión definitiva sobre su constitucionalidad, las normas que se derivaban de ese acto perdieron su capacidad ejecutiva.
Los decretos afectados son el 1474 de 2025 y el 044 de 2026, ambos de carácter legislativo. Fuentes consultadas afirmaron que dado que se trataba de normas derivadas del decreto original, su vigencia se vio afectada desde el momento en que la Corte decidió aplicar la suspensión provisional. Jurídicamente, resultaron “inejecutables”, por carecer del respaldo constitucional requerido.
El Decreto 1474 de 2025 autorizaba al Ejecutivo a recaudar nuevos impuestos con el objetivo de obtener 16,3 billones de pesos, recursos que, según lo indicado por el Gobierno, servirían para atender el déficit fiscal generado tras la caída de la Ley de Financiamiento en el Congreso. Dicha norma fue emitida como respuesta directa a la declaratoria de emergencia.
El magistrado Juan Carlos Cortés ya había solicitado la suspensión del Decreto 1474 el 29 de diciembre de 2025, al señalar que su validez dependía de la situación del decreto que declaró la emergencia. En el texto se mencionaba que la norma implementaba “medidas tributarias destinadas a cubrir los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para enfrentar el Estado de Emergencia declarado por el Decreto 1390 de 2025”.
Después de la decisión de la Sala Plena, ese escenario se hizo realidad. Al suspenderse el decreto principal, los actos que buscaban implementar sus efectos carecieron automáticamente de respaldo jurídico, según indicaron fuentes familiarizadas con el proceso constitucional. El mismo principio se aplicó al Decreto 044 de 2026, cuya emisión también dependía de la vigencia de la emergencia.
La determinación de la Corte se tomó mientras se lleva a cabo un examen de fondo sobre la constitucionalidad del decreto que declaró la emergencia económica. Por primera vez, el alto tribunal utilizó la figura de la suspensión provisional para un decreto de este tipo, considerando la magnitud de las medidas adoptadas y sus posibles efectos.
La ponencia fue presentada por el magistrado Carlos Camargo Assis, y fue respaldada por Andrea Meneses Mosquera, Natalia Ángel Cabo, Juan Carlos Cortés González, Miguel Polo Rosero y Lina Marcela Escobar. Durante el proceso, Cabo y Cortés anunciaron aclaración de voto, mientras que Héctor Carvajal y Vladimir Fernández expresaron su desacuerdo con la decisión.
Después de que se conoció el pronunciamiento de la Corte Constitucional, el presidente Gustavo Petro reaccionó a través de su cuenta en la red social X. En su mensaje, escribió: “Ahora vendrán las consecuencias de hundir el decreto de emergencia. Por salvar el impuesto a los megarricos, se trasladará y socializará una crisis mayor, con pago de la crisis, que intentarán en el nuevo congreso que sea de la sociedad, y nosotros buscaremos siempre impedirlo” (sic).
En otro mensaje, el jefe de Estado añadió: “En el fondo, la sociedad colombiana decidirá quién pagó los efectos de la tasa de interés del Banco de la República y de la especulación de frack del país; solo basta esperar” (sic). Las publicaciones se difundieron pocas horas después de conocer la determinación del alto tribunal.
Mientras tanto, la Corte Constitucional continuará con el análisis integral del decreto que declaró la emergencia económica y social, un proceso que incluye la revisión de los argumentos del Gobierno y de las demandas presentadas. Entre los aspectos a analizar se encuentran la justificación de la emergencia, la proporcionalidad de las medidas y la relación directa entre los hechos invocados y las decisiones tomadas.







