Economia
el error de la SIC que prende las alarmas empresariales
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sí puede requerir información de precios, estructuras de costos y márgenes de rentabilidad a las empresas. En eso, dice Jairo Rubio Escobar, exsuperintendente del ramo, no hay discusión jurídica ni debate serio. Tampoco, agrega, hay control de precios, como ha insistido la actual superintendenta, Cielo Rusinque, en recientes intervenciones públicas.
El problema —y ahí está el verdadero punto neurálgico de la discusión— no es el qué, sino el cómo, el cuándo y el desde dónde.
La controversia no surgió de la noche a la mañana. Desde hace cerca de un mes, cuando comenzaron las primeras advertencias hechas en ese sentido por parte del Presidente Gustavo Petro y los anuncios de la SIC a distintos sectores, el ruido empezó a crecer en los gremios empresariales.
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Al principio fueron alertas internas, consultas jurídicas y comunicaciones discretas; luego vinieron los pronunciamientos públicos de asociaciones empresariales y, finalmente, el debate abierto sobre si esas solicitudes podían derivar —de facto— en una forma indirecta de control de precios.
Fue en ese contexto que la superintendenta salió este fin de semana a defender la actuación de la entidad, a través de la cuenta de X, mientras exfuncionarios y expertos comenzaron a advertir que el problema no era la facultad en sí, sino la manera en que se estaba ejerciendo, algo que no logra encajar en la visión de la funcionaria.
Aprovecho la calma dominical para hacer un llamado a la reflexión e invitarlos a ver y escuchar este video en el que respondo a la polémica mediática suscitada por el envío de requerimientos de información a un grupo de empresas del país. Explicaré cómo, de una gota de lluvia, se… pic.twitter.com/MuvFP8GLrJ
— Cielo Rusinque Urrego🇨🇴🇫🇷 (@cielo_rusinque) February 8, 2026
“La superintendenta ha sido clara en que no hay control de precios y a la gente hay que creerle. Además, el control de precios no existe legalmente salvo para productos muy excepcionales”, señala Rubio Escobar. Sin embargo, advierte que eso no despeja la inquietud central del sector empresarial, que se origina en la forma como se están haciendo los requerimientos de información.
Para entender la controversia, Rubio Escobar insiste en una distinción clave que —a su juicio— se ha diluido en el debate público: la SIC actúa a través de delegaturas con funciones distintas.
“Una cosa es la delegatura de Protección al Consumidor y otra completamente diferente es la delegatura de Competencia. Cuando se mezclan esas dos funciones, se genera confusión y, en este caso, un exceso”, explica.
Jairo Rubio, exsuperintendente de Industria y Comercio. Foto:Archivo EL TIEMPO
Dos lógicas distintas
Según el exfuncionario, los requerimientos de información que han causado malestar en los empresarios provienen, en varios casos, de la delegatura del consumidor, cuya misión es verificar el cumplimiento del Estatuto del Consumidor: publicidad engañosa, ofertas que no se cumplen, información falsa o incompleta al público.
Ahí está el nudo del debate: ¿qué relación puede tener la estructura de costos, los márgenes de rentabilidad o incluso el comportamiento del dólar con la verificación de una eventual publicidad engañosa? Para Rubio Escobar, la respuesta es contundente: “No hay ninguna relación de causalidad. Ninguna. No existe conexión alguna entre pedir márgenes de rentabilidad y verificar si hay publicidad engañosa, y eso es precisamente lo que no se entiende y lo que genera la preocupación entre los empresarios”.
Para el exsuperintendente, cuando esos requerimientos se hacen desde la delegatura del consumidor, no solo carecen de sustento funcional, sino que terminan teniendo un efecto intimidatorio.
Eso, aclara, no significa que la SIC no pueda pedir información, sino que no puede hacerlo sin una conexión clara con la función que está ejerciendo.
Superintendencia de Industria y Comercio Foto:Archivo particular
Precios inequitativos
El análisis cambia cuando se entra en el terreno de la delegatura de Competencia. Ahí, dice Rubio Escobar, la superintendencia sí puede requerir información de precios, costos y márgenes, pero bajo condiciones muy precisas.
“Cuando la SIC adelanta una averiguación preliminar por precios inequitativos, sí puede pedir esa información. Eso se ha hecho en el pasado y nadie lo ha negado”, señala.
Pero incluso en ese escenario hay límites claros. Para que exista una investigación por precios inequitativos se deben cumplir dos requisitos básicos: primero, que el agente económico tenga poder de mercado significativo; segundo, que existan barreras de entrada que impidan la competencia efectiva.
“Por eso, ese tipo de requerimientos no se pueden hacer de forma generalizada. Tiene sentido si se le hace, por ejemplo, a una empresa con posición dominante en un mercado específico. No a una panadería, ni a una papelería, ni a cualquier empresa que no tenga poder de mercado”, explica.
La superintendenta dice que no hay control de precios y hay que creerle, advierten expertos. Foto:Carlos Arturo García M.
Error de fondo
Según Rubio Escobar, la actual controversia se alimenta de una afirmación parcialmente cierta: que estos requerimientos se han hecho toda la vida. Lo que no se dice —y ahí está la diferencia— es cómo se hacían antes.
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“Sí, se han hecho, pero desde la delegatura de Competencia, para casos concretos, con empresas con poder de mercado y dentro de una averiguación preliminar. No desde la delegatura del consumidor ni de manera generalizada”, subraya.
Por eso, a su juicio, la crítica empresarial no es infundada, aunque tampoco deba llevarse al extremo de hablar de control de precios o persecución sistemática.
“La superintendenta dice que no hay control de precios y hay que creerle. La SIC tiene facultades para pedir información y eso es verdad. Nadie ha puesto eso en duda”, afirma. La inquietud —insiste— es otra:“¿Por qué se pide esa información desde la delegatura del consumidor, cuando no tiene relación con sus funciones? ¿Y por qué se hace de manera generalizada, cuando en competencia solo procede para agentes con poder de mercado?”
Ahí está el verdadero debate técnico y jurídico, insiste Rubio Escobar, y el que hasta ahora pocos han querido poner sobre la mesa y el que explica por qué el empresariado colombiano encendió las alarmas, aun cuando —formalmente— no exista control de precios.
