La modificación laboral promulgada este año incluye un apartado que pretende salvaguardar a los empleados del acoso en el entorno laboral. No obstante, muchas personas aún desconocen cómo presentar una denuncia o identificar este tipo de comportamientos.
En un inicio, se pensaba que este tipo de acoso únicamente podía provenir de supervisores o empleados en cargos superiores. Actualmente, se ha establecido que el acoso laboral también ocurre entre compañeros.
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Una de las formas de acoso es la exclusión intencionada. Esto implica sacar a alguien de grupos de Whatsapp, ignorar sus mensajes laborales o dejarlo fuera de actividades significativas sin justificación alguna.
Esto se relaciona con el aislamiento deliberado, que ocurre cuando evitan comunicarse con un empleado, lo hacen sentir invisible en reuniones o se niegan a brindarle información necesaria.
Uno de los actos de acoso más subestimados son las burlas y menosprecios hacia un trabajador. Esto incluye los apodos, imitaciones, bromas, comentarios sobre su apariencia, edad, vestimenta, acento o físico, entre otros.
Asimismo, difundir datos falsos, rumores o chismes sobre alguien se considera acoso laboral. Igualmente, tratarlo de manera hostil o despectiva es inaceptable.
Los empleados que asignen tareas imposibles, causen errores en otros o les hagan ‘bromas pesadas’ pueden ser denunciados por este delito.
Una sugerencia es hablar con el comité de convivencia de la empresa para abordar el acoso. Foto:iStock
¿Qué hacer si es víctima de acoso laboral?
La primera recomendación ofrecida por los especialistas es que no subestime lo que está sucediendo. Si los actos de los demás lo excluyen o ridiculizan, se trata de un caso de acoso.
Lo segundo es que registre lo que está aconteciendo. Se aconseja conservar mensajes, correos, capturas de pantalla y fechas para usar ese material como evidencia.
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Es recomendable que se dirija al Comité de Convivencia Laboral de la empresa, que tiene un plazo máximo de 65 días para procesar la queja. Si esto no resulta efectivo, puede presentar un recurso de tutela o acudir a la Inspección del Trabajo.
Si ninguna de estas opciones produce resultados, el Ministerio de Trabajo sugiere que se dirija a una estación de Policía o a la Defensoría del Pueblo. Si no tiene acceso a estas autoridades, puede buscar al personero municipal.
Redacción Alcance Digital

