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Colombia

Gustavo Petro cometió varios errores al decretar el aumento del salario mínimo de 2026 y está a punto de caerse

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Gustavo Petro cometió varios errores al decretar el aumento del salario mínimo de 2026 y está a punto de caerse
El incremento de dos dígitos en el salario mínimo para 2026 podría generar presiones inflacionarias en Colombia, según especialistas – crédito Freepik

La eliminación del Decreto 1469 de 2025, que estableció un aumento del 23% en el salario mínimo legal mensual vigente en Colombia para 2026, es el objetivo de una demanda presentada ante el Consejo de Estado. Esta acción, impulsada por la gerente de litigios de Chapman Wilches, Heimy Blanco Navarro, argumenta que el procedimiento seguido por el Gobierno de Gustavo Petro no respetó los parámetros técnicos y legales estipulados en la ley.

La demanda se dirige contra la Presidencia de la República, el Ministerio del Trabajo, y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Fue interpuesta en la Sección Segunda del Consejo de Estado, solicitando la suspensión provisional inmediata del decreto, así como la anulación de su artículo primero, que estableció el salario mínimo en $1.750.905.

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Para sustentar la acción, la abogada, quien representa a Colombia en la Comisión de Empleadores de la 111ª y 112ª Conferencia Internacional del Trabajo, invocó el artículo 8 de la Ley 278 de 1996, que regula la fijación del salario mínimo en casos donde la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales no alcanza un acuerdo.

La decisión del Gobierno nacional busca establecer un salario mínimo familiar vital, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los trabajadores colombianos y estimular la economía popular – crédito Presidencia

En este contexto, el Gobierno puede decretar el salario mínimo, pero debe basar su decisión en cinco criterios:

  • Meta de inflación fijada por el Banco de la República: 3%.
  • Productividad definida por el Comité Tripartito de Productividad del Ministerio del Trabajo: 0,91%.
  • Contribución salarial al ingreso nacional reportada por el Dane: 2,81%.
  • Crecimiento del Producto Interno Bruto: 3,6%.
  • Índice de Precios al Consumidor: 5,3%.

Según la demanda, la combinación de estos factores indicaría un ajuste del 15,62%, “muy distante del 23% impuesto por el Gobierno nacional como base para el reajuste del salario mínimo legal mensual vigente, evidenciando así su violación a la ley”. La abogada argumenta que el incremento aprobado para 2026 carece de una justificación técnica clara y no explica cómo se ponderaron los indicadores.

El Consejo de Estado es
El Consejo de Estado es la máxima autoridad de la jurisdicción contencioso-administrativa en Colombia, actuando como el juez supremo en conflictos entre ciudadanos y el Estado o entre entidades públicas – crédito Colprensa

Igualmente, el documento menciona que “el Gobierno Nacional no determinó ni explicó, como era su deber, cómo estos factores confluyen y en qué magnitud o importancia, contraviniendo así la norma que le otorga las facultades para fijar el salario mínimo legal mensual vigente”.

Además, la misma objeta el respaldo técnico proporcionado por el Gobierno, argumentando que se basó en el estudio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) titulado “Fijación de salarios/ingresos vitales: sobre la estimación del salario vital para Colombia”, que estimó la canasta básica para un hogar promedio en $1.658.957. Luego de aplicar el Índice de Precios al Consumidor estimado (5,3%), esa cifra se aproxima al salario mínimo estipulado para 2026.

Sin embargo, el recurso destaca que el informe de la OIT es solo orientativo. “Aunque la estimación de la canasta básica realizada por la OIT podría considerarse como guía, es un hecho que dicho organismo carece de autoridad normativa en Colombia para definir dinámicas económicas o indicadores oficiales, como lo son el Dane o el Banco de la República”, aclara la demanda.

Son 2,4 millones de trabajadores
Son 2,4 millones de trabajadores que perciben un salario mínimo mensual en Colombia – crédito Luisa González/Reuters

Argumenta que el decreto no cumplió con la exigencia legal de justificar detalladamente el motivo del aumento decretado en relación con los indicadores objetivos establecidos en la ley. Enfatiza que la OIT “no modela impactos económicos a gran escala ni costos laborales, ni considera las presiones inflacionarias derivadas del aumento del salario mínimo legal mensual vigente; tampoco pondera los cinco parámetros previstos en el parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 o, al menos, no se presenta una justificación que explique de qué manera esos factores fueron considerados para determinar dicho monto”.

La posición de Blanco Navarro es que el decreto sobrepasó las competencias legales que se le otorgaron al Gobierno. Según ella, “la norma no faculta al presidente para sustituir los criterios legales”. El documento subraya que la decisión debe adherirse a lo dispuesto en la ley y a lo que ha especificado la jurisprudencia constitucional.

Respecto a los montos establecidos por el Decreto 1469 de 2025, se definieron:

  • Salario mínimo legal mensual vigente para 2026: $1.750.905.
  • Auxilio de transporte: $249.095.
  • Salario mínimo integral: $22.761.765.

La solicitud formal pide la suspensión provisional del decreto debido a su carácter urgente, hasta que se determine la legalidad de fondo. Ahora, el Consejo de Estado deberá pronunciarse primero sobre la viabilidad de dicha medida cautelar y, posteriormente, sobre la validez definitiva del incremento.

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