Colombia
La Corte Suprema reconoció permiso remunerado a los trabajadores por la muerte de sus mascotas: en qué casos aplica

La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha establecido un precedente: los empleados sindicalizados tienen derecho a permisos remunerados tras la muerte de sus mascotas, siempre que exista un acuerdo interno o una decisión del empleador.
Este fallo refleja un cambio en la percepción social hacia los animales de compañía, que muchos ahora ven como parte integral de la familia.
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A pesar de que la legislación actual no reconoce explícitamente este derecho, el fallo judicial establece un modelo que las empresas podrían adoptar, en un país donde el 67% de los hogares se considera multiespecie, según el Dane.
En su sentencia SL2375-2025, la Sala Laboral de la Corte Suprema apoyó un laudo arbitral entre la empresa AKT Motos y el sindicato Sintramotores, que autorizaba un día de permiso remunerado tras la muerte de una mascota.
Aunque el acuerdo original proponía tres días, se ha determinado un solo día laboral, siempre que la mascota estuviese registrada en la empresa y se tratara de un animal doméstico, no silvestre ni con prohibiciones de tenencia.
El tribunal destacó que estos permisos son un beneficio extralegal legítimo, siempre que cumplan con la legalidad y contribuyan al equilibrio entre la vida laboral y personal.
La decisión no altera directamente el Código Sustantivo del Trabajo, pero abre posibilidades para que las empresas ofrezcan licencias en caso de duelo por animales, siempre que sean parte de acuerdos colectivos, normativas internas o decisiones del empleador.
La Corte estableció requisitos específicos para acceder a este beneficio: la mascota debe estar registrada en la empresa, demostrar un vínculo afectivo, no tener fines comerciales, y se debe presentar un certificado veterinario que verifique la muerte y una convivencia mínima de seis meses con el trabajador.
La regulación actual, establecida por la Ley 1280 de 2009 y el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, solo prevé cinco días hábiles remunerados por el fallecimiento de cónyuges o familiares directos, sin incluir explícitamente a las mascotas.
Las entidades sanitarias deben ofrecer asesoramiento psicológico a las familias en estas circunstancias, pero la falta de regulación para las mascotas ha impulsado la iniciativa judicial y el debate político.
Paralelamente a la sentencia, avanza en el Congreso un proyecto de ley respaldado por la representante Alexandra Vásquez Ochoa, del Pacto Histórico, que busca añadir una licencia remunerada de un día hábil por el fallecimiento de perros o gatos.
Para acceder a este derecho, se propone un conjunto de condiciones: presentar prueba veterinaria de la muerte, cumplir con una convivencia mínima de seis meses, otorgar la licencia solo una vez por año fiscal y que el animal tenga su vacunación completa. El proyecto ha superado el primer debate en la Comisión Séptima de la Cámara y continúa en trámite legislativo.
La Corte Suprema fundamentó su fallo recordando que los animales de compañía “tienen un lugar fundamental en la vida de sus cuidadores”, creando un impacto emocional significativo y forjando lazos de afecto profundos. El tribunal citó la evolución de la jurisprudencia colombiana, que reconoce a los animales como seres sintientes, legitimando el duelo que provoca su pérdida.
Más de 4,4 millones de familias en Colombia consideran a los animales como parte de su núcleo familiar. La decisión de la Corte Suprema, emitida en Bogotá el 6 de noviembre de 2025, refuerza el movimiento jurídico y social que reconoce a los animales de compañía como miembros plenos del hogar.
El permiso actual sigue siendo un beneficio sujeto a negociación colectiva interna, y no es una obligación para todas las empresas.
“Es importante recordar que hoy en día, hay una conexión afectiva entre personas y animales (…) reconociendo a los animales domésticos como miembros significativos de sus hogares, de sus actividades y de su convivencia cotidiana, en ejercicio de derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad y la intimidad personal y familiar,” establece la sentencia de la Corte Suprema de Justicia.
La jurisprudencia resalta que negar sistemáticamente estos permisos podría ser desproporcionado y ajeno a principios de dignidad humana, salud mental y descanso emocional, en consonancia con el reconocimiento legal de los animales como seres sintientes establecido en 2024.







