La bonificación de fin de año es esa asignación social que muchos empleados del país suelen utilizar esos pesos extra para adquirir un obsequio, un detalle o colaborar con la cena navideña y las celebraciones de fin de año. Este monto, según la legislación, debe abonarse como fecha límite el 20 de diciembre.
Este beneficio representa la segunda entrega semestral de un derecho que, al año completo, se traduce en un salario mensual por cada año laborado. Después del primer desembolso realizado en junio, el pago de diciembre se convierte en un reconocimiento esencial.
Este incentivo tiene como objetivo valorar la dedicación y el empeño del trabajador en su aporte al avance y sostenibilidad de las entidades empleadoras. La bonificación de servicios es un derecho que abarca a todos los trabajadores con un contrato laboral activo, sin distinción del tipo de vinculación o el tamaño de la compañía que los emplea. Sin embargo, para las trabajadoras del hogar, por ejemplo, el cálculo puede resultar más complicado, ya que este debe considerar la cantidad total de días trabajados por estas personas a la semana y el pago correspondiente; este es el procedimiento que se debe seguir para realizar dicho cálculo sin cometer errores:
Paso 1: determinación del salario mensual base proporcional
Para definir la base sobre la cual se calculará la bonificación, es esencial proyectar el equivalente al salario de un mes completo, considerando los días que se laboran semanalmente.
- Salario diario integral: tome el valor del salario diario mínimo y añada todos los subsidios y pagos complementarios que el trabajador o la trabajadora recibe por día (por ejemplo, subsidio de transporte o pago adicional por horas extras).
Proyección semanal: multiplique el resultado anterior por el total de días que la empleada laboró a la semana. Por ejemplo, si recibe diariamente una cantidad de 65.000 pesos colombianos y trabaja tres días a la semana, realice la siguiente operación:
- $65.000 (pago diario) x 3 (cantidad de días que labora la empleada de servicios domésticos a la semana) = $195.000 (suma total del ingreso recibido semanalmente).
Proyección Mensual Base: después, multiplique el resultado de la operación anterior por 4,33 (que representa la cantidad media de semanas en un mes). Este resultado constituye el salario mensual básico de la trabajadora.
- $195.000 (compensación semanal) x 4,33 = 844.350 (remuneración mensual básica de la trabajadora doméstica).
Paso 2: cálculo de la gratificación si se laboró el semestre completo
En caso de que la persona haya brindado sus servicios de forma continua durante todo el segundo semestre del año (es decir, desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre), el cálculo es sencillo:
- Deberá recibir como prima un monto equivalente a la mitad del salario mensual establecido en la etapa anterior. Con un salario mensual establecido de 844.350 pesos, la prima al finalizar el año sería: 844.350 / 2 = $ 422.175.
Paso 3: cálculo de la prima si se laboró menos de seis meses
En caso de que la trabajadora haya estado en servicio por un tiempo inferior a los seis meses del segundo semestre (julio a diciembre), la prima debe ser calculada de manera proporcional a los días realmente trabajados.
Importe diario de la prima: tome el salario mensual establecido (calculado en el Paso 1) y divídalo por 360 (los días que conforman un año laboral). Este cálculo es el importe que se genera de prima por cada día de trabajo.
- 844.350 pesos / 360 = 2.345 (valor diario de la prima).
Cálculo final proporcional: multiplique el valor diario de la prima por el número total de días que laboró entre julio y diciembre. El resultado será el monto total de la prestación:
- Si laboró 100 días en total durante el segundo semestre, por ejemplo: $2.345 x 100 = 234.500 (total de prima que debería recibir en diciembre).
JULIÁN CAMILO SANDOVAL
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