La creación de la Prima desminado militares y de policía es una realidad en Colombia tras la expedición del Decreto 1038 del 5 de agosto de 2026. Esta normativa establece un incentivo económico especial para los integrantes de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional que participan activamente en operaciones directas de desminado humanitario y disposición de artefactos explosivos en el territorio nacional. La Prima de Desminado y Disposición de Artefactos Explosivos busca compensar la exposición a riesgos extremos y la especialización exigida por estas tareas cruciales para la seguridad del país.
¿Quiénes son los beneficiarios de la Prima desminado militares?
El beneficio de la Prima desminado militares está dirigido a oficiales, suboficiales, soldados profesionales, infantes de marina, personal del nivel ejecutivo y patrulleros en servicio activo. Para acceder a este reconocimiento, el personal debe pertenecer a unidades especializadas y poseer las certificaciones técnicas requeridas. Además, se exige una designación formal mediante orden de operaciones o de servicio, y la comprobación de haber ejecutado estas labores de campo por un período mínimo de cinco días al mes.
Las condiciones para la acreditación y el desembolso de la prima incluyen:
Pertenencia a unidades especializadas: Los uniformados deben hacer parte de grupos específicos para el manejo de explosivos.
Certificaciones técnicas: Es indispensable contar con la capacitación y los certificados que avalen su idoneidad.
Designación formal: La participación en las operaciones debe ser autorizada mediante una orden de operaciones o de servicio.
Tiempo mínimo de servicio: Se requiere haber ejecutado labores de desminado por al menos cinco días en el mes.
Aspectos financieros y aplicación de la prima
El porcentaje de la prima se aplicará progresivamente sobre la asignación básica mensual de los uniformados. Durante el primer año de vigencia del decreto, el incentivo corresponderá al 10% del sueldo básico; en el segundo año, ascenderá al 15%, y a partir del tercer año, se fijará de manera permanente en un 20%. La normativa aclara que este monto no constituirá factor salarial ni prestacional, ni influirá en el cálculo de las asignaciones de retiro, una consideración importante según análisis especializados como los publicados por El Tiempo.
La financiación de este incentivo provendrá de la priorización y reestructuración de los rubros ya asignados en los presupuestos del Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional, evitando así presiones adicionales sobre el Tesoro Nacional. Esta medida fortalece el reconocimiento a una labor de alto riesgo y contribuye a la seguridad en el país. Encuentre más noticias de Colombia en nuestra sección especializada.
