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Sanciones a colegios privados por cobros no autorizados en matrículas y útiles, advierte MinEducación

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Sanciones a colegios privados por cobros no autorizados en matrículas y útiles, advierte MinEducación
Créditos: Freepik

La temporada de regreso a clases en 2026 trae consigo nuevas directrices por parte del Ministerio de Educación Nacional referente a los cobros permitidos en colegios privados y las sanciones por incumplimientos.

Según reportes de la Revista Semana, el ministerio ha dejado en claro que hay límites establecidos en relación a matrículas, pensiones, cobros recurrentes y listas de útiles escolares.

El Ministerio de Educación ha publicado la Circular 002 de 2026, donde se repiten las reglas que deben observar las instituciones educativas privadas respecto a las exigencias de pago a los padres y acudientes.

Crédito: Shutterstock
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La normativa también detalla las sanciones aplicables a los cobros no autorizados o actividades que infrinjan la ley.

Al comienzo del año escolar, las escuelas proporcionan información a las familias sobre el costo de la matrícula, las pensiones y otros servicios adicionales.

Según el MinEducación, todos los cobros recurrentes requieren la aprobación previa de los acudientes, quienes deben estar plenamente informados sobre el precio y la naturaleza del servicio ofrecido antes de asumir alguna obligación financiera.

El ministerio subrayó que los cobros relacionados con servicios como alimentación, transporte o alojamiento escolar no pueden imponerse automáticamente. Según la regulación, se establece que:

“Los cobros periódicos por servicios de alimentación, transporte o alojamiento escolar solo se podrán exigir a los padres de familia o acudientes que hayan aceptado voluntariamente dichos servicios, tal como lo estipula el numeral 3º del artículo 2.3.2.2.1.4 del Decreto 1075 de 2015”.

La circular también enumera prácticas que están prohibidas para las instituciones educativas privadas, como el cobro de cuotas adicionales en efectivo o en especie, así como la exigencia de bonos, donaciones, aportes de capital o tarifas diferentes a las aprobadas previamente por matrícula, pensiones y cobros recurrentes.

Foto: (iStock)
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Asimismo, se establece que las instituciones no pueden obligar a las familias a comprar útiles o libros en el colegio, en lugares ligados a asociaciones de padres ni en comercios con convenios comerciales. Esta decisión debe ser hecha libremente, sin condicionamientos a la continuidad del estudiante.

En lo que respecta a uniformes, el Ministerio de Educación aclara que no es permitido exigir más de un uniforme diario ni más de uno para educación física. Igualmente, la falta de uniforme por razones económicas no debe ser causa para que el estudiante no participe en las actividades académicas.

La Circular 002 de 2026 también establece el régimen de sanciones aplicable en casos de incumplimiento. El Ministerio de Educación advirtió que las infracciones pueden resultar en multas significativas, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y la posible reincidencia de la entidad educativa.

La entidad subrayó: “El incumplimiento de esta ley puede resultar en multas que oscilarán entre los cincuenta (50) y doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y ante actos reincidentes, se considerará el cierre definitivo del establecimiento educativo”. Estas medidas buscan asegurar que se cumplan las regulaciones que rigen el servicio educativo privado.

Como informó Semana, el Ministerio de Educación reafirma que la supervisión de cobros en matrículas y útiles escolares se mantiene activa durante todo el año escolar, que se extiende hasta finales de febrero.

Durante este tiempo, las autoridades educativas pueden realizar verificaciones en respuesta a denuncias presentadas por padres o acudientes.

Comerciantes consultados han indicado que los precios de los útiles han aumentado menos que los de la canasta familiar en este inicio de año escolar, aunque esto no altera las responsabilidades de los colegios respecto a las prohibiciones de la normativa.

El Ministerio de Educación recalcó que las listas de útiles deben alinearse con criterios pedagógicos, evitando demandas innecesarias o desproporcionadas. Según la circular, las instituciones deben adherirse a las pautas oficiales para prevenir afectaciones económicas a las familias y posibles sanciones administrativas.

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