El Gobierno Nacional y la Alcaldía de Cartagena interpusieron recursos de apelación contra una inédita sentencia falla geológica que condena al Estado a pagar más de un billón de pesos por los daños ocasionados por diapirismo o volcanismo de lodo en la comunidad indígena de Membrillal. Esta decisión, formalizada el 21 de agosto de 2026, busca revocar la Sentencia No. 0227 del Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena. La sentencia falla geológica es una decisión judicial que establece la responsabilidad del Estado por daños ocasionados a una comunidad por fenómenos naturales, como el diapirismo o volcanismo de lodo, y la actual apelación busca cuestionar esta imputación de responsabilidad.
¿Qué implica la sentencia falla geológica para Colombia?
La millonaria indemnización de más de un billón de pesos, de ser confirmada, representaría un golpe significativo para las finanzas públicas, tanto del Distrito de Cartagena como de la Nación. Estos recursos provendrían del erario, lo que podría desviar fondos destinados a otros proyectos de infraestructura, educación o salud en la ciudad y el país. Además, este caso sienta un precedente crucial sobre la responsabilidad del Estado frente a desastres naturales y fenómenos geológicos, impactando la forma en que se abordarán futuras reclamaciones por afectaciones ambientales a lo largo del territorio colombiano.
El diapirismo o volcanismo de lodo, el fenómeno detrás de los daños en Membrillal, es un proceso geológico natural en el que lodo y fluidos son expulsados a la superficie, causando inestabilidad del terreno y la formación de grietas. Este fenómeno, presente en varias regiones del país, puede generar riesgos significativos para las comunidades asentadas en zonas vulnerables.
Los argumentos detrás de la apelación
La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), organismo encargado de defender los intereses patrimoniales de la nación, y la Alcaldía de Cartagena, argumentan que la sentencia de primera instancia presenta graves falencias jurídicas. Ambas entidades buscan la revocatoria total de la decisión bajo los siguientes puntos clave:
Fallas en el juicio de imputación: Sostienen que el juez no realizó una valoración individual de la responsabilidad de cada una de las entidades demandadas.
Falta de competencia por cuantía: La Alcaldía alega que el juzgado de primera instancia no tenía jurisdicción para fallar sobre una suma tan elevada.
Naturaleza inmitigable del fenómeno geológico: Se argumenta que el diapirismo es un desastre natural que el Estado no podía prevenir o mitigar.
Ausencia de nexo causal: La Alcaldía de Cartagena niega una relación directa entre su gestión y las grietas causadas por el fenómeno geológico en Pasacaballos.
La ANDJE, haciendo uso del artículo 610 del Código General del Proceso, interviene en este tipo de pleitos cuando los fondos patrimoniales de la nación se ven gravemente amenazados, como lo detallan en su comunicado oficial. Según la Agencia, la tesis central es que se trata de un desastre natural que no implica responsabilidad estatal directa.
La decisión final sobre la sentencia falla geológica recaerá en el Consejo de Estado, máximo tribunal de la jurisdicción de lo contencioso administrativo en Colombia. Su fallo será determinante para establecer los límites de la responsabilidad del Estado ante fenómenos naturales y el destino de recursos públicos en futuras situaciones. Para estar al tanto de este y otros desarrollos, consulte más noticias de Colombia.
