Colombia
Abogada en Manizales logró que se archivara un proceso en su contra por falsificar documentos, tras indemnizar a colegio con sillas

Una abogada en Manizales consiguió evitar una condena penal tras indemnizar al colegio Agustín Gemelli de la ciudad con $3.665.000 en sillas y mesas, según informó el diario La Patria el viernes 23 de enero.
Asimismo, la jurista ofreció disculpas públicas a través de la emisora de la Policía Metropolitana de Manizales y se comprometió a no repetir un acto similar.
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
A cambio, las autoridades decidieron archivar el proceso penal en su contra por un principio de oportunidad.
La investigación, realizada por la Fiscalía General de la Nación, reveló que la madre había presentado documentos falsificados con sellos y firmas del Liceo Superior de Bogotá, donde afirmaba que su hija había aprobado séptimo y octavo grado en 2015 y 2016, y que estaba al día con esa institución.
El rector del Agustín Gemelli confirmó que la menor no constaba en los registros del colegio tras verificar la información.
El ente acusador indicó que la falsificación se originó porque la estudiante no aprobó el año en el Colegio Bilingüe Nuestra Señora del Rosario en Bogotá y repitió en el Lans de Manizales.
La abogada intentó que su hija, quien es menor de edad, fuera admitida en el Gemelli, presentando los documentos el 16 de enero de 2017.
La denuncia se realizó el 25 de mayo de 2017, cuando el rector alertó sobre la posible falsificación. Al principio, la imputación fue por uso de documento público falso, un delito que conlleva penas de 4 a 12 años de prisión. La acusada no aceptó los cargos en un inicio, pero finalmente logró un acuerdo que cerró el caso.
La imposibilidad de archivar delitos relacionados con el fraude y la falsificación tras una reparación económica resalta un proceso judicial destacado en Manizales, donde una familia se vio fracturada por la venta ilegal de dos bienes.
La jueza a cargo argumentó que la seriedad de estos delitos, que afectan la fe pública y el funcionamiento de las instituciones, exige que el proceso penal continúe, a pesar de la compensación a las víctimas.
La legislación vigente establece penas de 6 a 12 años para el fraude procesal, y de 4 a 12 para el uso de documentos falsos.
La jueza observó que, aunque la jurisdicción civil busca reparar económicamente a los afectados, esto no determina el curso de la justicia penal, ya que las conductas investigadas perjudican el tejido social y la confianza en las entidades estatales.
Según su perspectiva, la reparación económica solo tiene impacto en el ámbito civil y no extingue la responsabilidad penal ante el Estado.
De hecho, la funcionaria enfatizó que los delitos en cuestión no están incluidos en el Código de Procedimiento Penal como susceptibles de cierre automático por acuerdo entre las partes. Por lo tanto, la investigación debe proseguir de oficio y podría resultar en condena para madre e hija.
El caso comenzó su investigación en diciembre de 2018, cuando la justicia imputó cargos a una mujer y su hija tras descubrir que habían vendido, sin consentimiento del primogénito del afectado, dos propiedades pertenecientes a un hombre hospitalizado.
Las transacciones se realizaron en septiembre de 2017: una compraventa inmobiliaria en Villamaría y la venta de una camioneta. Ambas operaciones beneficiaron a la esposa y a la hija del dueño, quien, según documentación, había firmado los contratos mientras permanecía hospitalizado por una grave cirugía de cráneo. Esta situación generó serias dudas sobre la autenticidad de su participación.
Un análisis grafológico posterior demostró que las firmas del hombre habían sido falsificadas en los trámites y contratos de compraventa, lo que constituyó la clave de la investigación judicial y fundamentó el avance de las actuaciones en los estrados.
Un juez civil de Manizales había dictaminado inicialmente que las acusadas debían indemnizar económicamente a las víctimas por un total de $120 millones.
La defensa apeló ese acuerdo civil y solicitó al sistema penal cerrar la investigación, argumentando que el daño había sido reparado y que, por lo tanto, no había interés en seguir el hecho penalmente.
Sin embargo, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Manizales rechazó esta solicitud, justificando que los delitos contra la fe pública trascienden el interés particular y afectan el funcionamiento de los registros oficiales y la administración de justicia. Aunque la defensa llevó el caso a la Sala Penal del Tribunal Superior, la decisión final aún está pendiente.







