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Economia

Ley propina duro golpe a las tiendas físicas en Colombia: SIC respalda derecho de los consumidores poco conocido por muchos

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Compradores le ganan la batalla a las tiendas en la temporada de descuentos. Foto: Archivo.

La temporada de descuentos en Colombia de invierno y verano representan una alta activación en el comercio. Con antelación, las tiendas físicas se preparan para recibir a los compradores con precios a muy bajo costo de artículos de temporadas pasadas que son codiciados por muchos.

Durante los meses de noviembre, diciembre, enero y mitad de año, los centros comerciales se llenan a topes con cientos de personas entrando y saliendo de las tiendas con varias bolsas y compras. La llegada de las primas aumenta el gasto durante estas épocas y los increíbles remates llaman a los consumidores a gastar en proporciones “desmedidas”.

Cuando las rebajas llegan a su etapa final, es normal ver en las etiquetas de los productos varias versiones de precios: cada vez se van disminuyendo para dejar en remate las últimas piezas de las colecciones. En todas las tiendas, los empleados van colocando stickers, normalmente de color rojo, que se van pegando uno sobre otro hasta llegar al precio final de descuento del artículo.

Expertos advierten que un simple error humano en esta acción podría cobrarle un duro golpe a las tiendas en Colombia, mientras que los consumidores se ven beneficiados.

(Le recomendamos: Comercios no podrán negarse: ley elimina requisito que debían cumplir los compradores para cambiar productos)

Compradores podrán abogar un derecho poco conocido

La abogada Sofía Ramírez compartió un video en redes sociales respecto a un caso de un descuento con una marca de zapatos deportivos en la ciudad de Bogotá. El problema en cuestión se trata de la rebaja de unos tenis que según la compradora quedaban en $ 210.000 según el código de barras que estaba en la caja del producto.

Al momento de pagar su compra en la caja, el vendedor pasó el artículo y le indicó que el valor real era de $340.000, algo que extrañó a la joven puesto que el precio que había visto era uno mucho más barato y completamente diferente al que le estaban indicando.

Para constatar que el precio del artículo era mucho más económico, la joven tomó la caja de zapatos y se la mostró al vendedor con el valor que se precisaba allí. Al revisar nuevamente el costo, el empleado le dijo que se trataba de un error y que el precio que debía pagar la joven era el más alto y que no podían igualarle el precio.

Sobre esto, la experta se pronunció al respecto y reveló un derecho que pocos consumidores conocen. Según Ramírez, el Estatuto del Consumidor explica que “el precio públicamente anunciado es vinculante para el vendedor” y que por ende, el comprador está en su derecho de exigirlo.

Así lo respalda el Instituto Nacional de Defensa de los Consumidores y Usuarios (Indecopi), quienes a través de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), los consumidores pueden proteger su derecho con la posibilidad de pagar el precio más bajo si hay dos en un comercio.

Según la Ley 1480 de 2011, lo que anuncia el comercio es obligatorio; pero, si un comercio tiene dos precios: uno tachado y otro rebajado, el consumidor puede pagar el valor más bajo. La misma norma detalla que es una responsabilidad de los comercios el anunciar correctamente cuál es el precio original (el menor de los últimos 30 días) y cuál es el precio del producto en rebaja; ya que no cuenta solo tener el porcentaje de descuento.

No importa si viene de un producto humano y el empleado se equivocó a la hora de registrar los valores en las etiquetas, un problema de impresión o un olvido de los empleados en el trabajo de quitar el ticket de descuento en el artículo subió de valor, “si el precio cobrado y el precio anunciado son diferentes, el consumidor tiene derecho a exigir el precio más bajo”; según la experta.

(Lea: Clientes pagarán menos por sus compras: ley acaba con criticada práctica de los supermercados)

¿Qué puede hacer si no le aceptan el precio?

Ramírez asegura que si el precio que se demanda no es respetado, el comprador puede denunciar el caso ante la SIC, quienes posiblemente sancionarían al comercio. “Se espera que la conducta de un comerciante que se ejerce de manera habitual y profesional, pues tenga mucho cuidado con este tipo de cosas porque violan los derechos de los consumidores y además, tenga que asumir los riesgos propios y las consecuencias de su actividad”, sentenció.

Por último, declaró que las sanciones y multas que se le imputen no pueden ser trasladadas al trabajador.

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