Colombia
Corte Constitucional Anula Sanción de $8.000 Millones a Dimayor y Clubes

La sanción Dimayor anulada por la Corte Constitucional a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y a cinco equipos de fútbol profesional colombiano representa un punto de inflexión en la investigación por presuntas prácticas anticompetitivas. La anulación de una sanción es la revocación de una multa o castigo por parte de una autoridad judicial superior, generalmente por encontrar irregularidades en el procedimiento legal que garantizan el derecho a la defensa. El alto tribunal determinó que la SIC vulneró el debido proceso al no permitir la inclusión de una prueba pericial clave para la defensa de los implicados.
La decisión judicial obliga a retrotraer el caso a la etapa probatoria, garantizando una evaluación justa de los hechos. Esta medida asegura que la Dimayor y los clubes Boyacá Chicó, Unión Magdalena, Deportivo Pasto, Envigado y Atlético Fútbol Club puedan ejercer plenamente su derecho a la defensa, el cual fue afectado desde octubre de 2025.
¿Qué implica la sanción Dimayor anulada para el proceso judicial?
La sanción Dimayor anulada significa que el proceso administrativo no se cierra definitivamente, sino que se reinicia desde una fase técnica crucial. La magistrada ponente, Natalia Ángel Cabo, precisó que la SIC cometió una falla procedimental al no emitir un pronunciamiento de fondo sobre una solicitud probatoria de la Dimayor antes de finalizar la etapa correspondiente. Esta omisión impidió que los investigados presentaran pruebas periciales determinantes para su defensa.
La Corte Constitucional ordenó dejar sin efectos la resolución que daba por terminada la fase de pruebas y las decisiones judiciales previas que habían negado la tutela. El proceso administrativo deberá regresar al momento exacto en que la Delegatura omitió decidir sobre la admisibilidad de la prueba pericial técnica solicitada. Según El Tiempo, esta medida busca asegurar el cumplimiento de las garantías legales.
Antecedentes y futuro del proceso
La controversia tiene su origen en una investigación de la SIC que, el 15 de octubre de 2025, estableció que la Dimayor y los clubes mencionados habrían implementado un sistema para limitar la libre competencia en el mercado de futbolistas. La autoridad identificó tres conductas principales en su momento:
Intercambio de información sensible: Comunicaciones sobre la situación contractual y disciplinaria de jugadores para coordinar decisiones de contratación.
Pacto de caballeros: Acuerdos informales basados en “solidaridad de gremio” para desincentivar la negociación con futbolistas específicos.
* Rol de la Dimayor: Actuar como canal de difusión y validación de estas prácticas ante los equipos afiliados.
Ahora, la Superintendencia de Industria y Comercio tiene la obligación de evaluar y decidir sobre la prueba pericial en cuestión. Una vez se incorpore y analice dicho elemento, la SIC deberá emitir un nuevo acto administrativo que determine si existió o no una infracción al régimen de libre competencia. Hasta que no se surta este trámite respetando las garantías legales, la millonaria multa de $8.000 millones permanece sin efecto jurídico, a pesar de que la sanción Dimayor anulada no implica una absolución de fondo.
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