Economia
Sindicato del D1 pide aumento salarial general del 23 por ciento, pero Ley obliga solo a quienes ganan el mínimo
El sindicato de Tiendas D1, SINTRA-D1, formalizó una petición dirigida a las directivas de la compañía para que el incremento salarial de este año sea equivalente al aumento del salario mínimo decretado por el Gobierno nacional. A través de una carta enviada el pasado 8 de enero, los empleados buscan que el ajuste del 23 por ciento se aplique a toda la nómina, argumentando que la solidez financiera de la empresa permite realizar este esfuerzo en favor de su capital humano.
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Tiendas D1 Foto:iStock
Sin embargo, la Ley en Colombia es clara: el aumento decretado para el salario mínimo sólo aplica a los trabajadores que ganan dicha remuneración. Los aumentos que una empresa decida dar a empleados con otro sueldo no están sujetos a ninguna obligatoriedad de ley. El sindicato del D1 señaló que la empresa tradicionalmente ha aumentado los salarios según el IPC.
La comunicación está dirigida a Christian Bäbler Font, presidente de la firma, y destaca que el objetivo primordial es evitar que el poder adquisitivo de los trabajadores se vea afectado.
Salario del D1, por encima del mínimo
El sindicato de la cadena de almacenes reconoce que históricamente la empresa ha pagado por encima del mínimo legal, con ajustes apegados al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
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El sindicato basa su solicitud en el desempeño económico positivo de la cadena de tiendas. Según el documento, las metas de ventas y utilidades alcanzadas son el resultado del esfuerzo diario de su personal. SINTRA-D1 argumenta que la coyuntura económica actual, impulsada por el aumento de la demanda que genera el alza del mínimo en la población general, beneficia directamente el modelo de negocio de D1.
Dentro de los puntos expuestos en la misiva, se destacan las siguientes preocupaciones:
- Incentivo laboral: un ajuste limitado podría desincentivar a los empleados, afectando la calidad de la operación diaria.
- Escalafón salarial: existe el temor de que los trabajadores que ganaban más del mínimo queden equiparados a rangos que obtienen un salario mínimo mensual, perdiendo el beneficio diferencial que tenían anteriormente.
- Contratación parcial: el gremio ha pedido al Ministerio del Trabajo revisar el modelo de contratación “part time”, solicitando su desmonte gradual por considerar que afecta la garantía de una remuneración mínima justa.
- Crecimiento equitativo: el sindicato enfatiza que, dado que la realidad económica de la empresa es favorable, esta prosperidad debe reflejarse también en quienes hacen posibles dichas utilidades.
Salario Foto:Salario
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Realidad jurídica del salario en Colombia
Hasta el momento de esta publicación, la empresa no ha emitido una respuesta oficial ni ha contestado a los requerimientos planteados por el sindicato en su comunicación pública.
Es importante precisar que, de acuerdo con la legislación laboral colombiana, las empresas no tienen la obligación legal de aumentar el salario a aquellos trabajadores que perciben más del mínimo mensual legal vigente, ni de hacerlo automáticamente en la misma proporción que el aumento decretado por el Gobierno.
La ley establece que el incremento del salario mínimo solo beneficia de manera directa y obligatoria a quienes ganan precisamente ese valor. Para los empleados con salarios superiores, cualquier ajuste depende de lo pactado en los contratos individuales, las convenciones colectivas o las decisiones unilaterales de la empresa, usando como marco el IPC, el costo de vida anual calculado por el DANE.
*Artículo desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista.
