Economia
¿Todos los empleados tienen derecho al aumento de sueldo cuando sube el salario mínimo?

La discusión sobre el incremento del salario mínimo en Colombia mantiene en expectativa a cerca de 7,4 millones de trabajadores que, según datos de Asocajas, devengan esta suma. Mientras avanza la puja entre gremios, centrales obreras y el Gobierno, y ante la alta probabilidad de que sea el presidente Gustavo Petro quien decrete el aumento, surge una duda recurrente entre los empleados: ¿el incremento aplica para todos los trabajadores o solo para quienes ganan el básico?
La respuesta desde el punto de vista legal es clara. Rodrigo Tannus, socio director de Tannus & Asociados, explicó en entrevista con La República que las empresas no tienen la obligación automática de subir el sueldo a toda su nómina. “La ley laboral colombiana, específicamente el Artículo 145 del Código Sustantivo del Trabajo, establece el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente como un piso”, señaló el experto.
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Esto significa que la responsabilidad legal del empleador se limita a asegurar que ningún colaborador reciba una remuneración inferior al nuevo monto decretado. Tannus agregó que esta postura tiene respaldo judicial: “Esto lo respalda la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, la cual ha establecido que los trabajadores con salarios superiores al salario mínimo legal no tienen un derecho automático al aumento de su sueldo”.
Hay casos en los que el ajuste es necesario. Foto:Getty Images/iStockphoto
En qué casos sí es obligatorio el ajuste
Aunque la regla general indica que no hay aumento automático para salarios superiores, existen excepciones y situaciones específicas donde el ajuste debe realizarse a partir del 1 de enero.
Según los especialistas consultados, estos son los escenarios donde el sueldo cambia:
Salarios integrales y referencias directas: Camilo Cuervo, socio de Holland & Knight, aclaró que “quienes tienen como referencia el salario mínimo, es decir, quienes devengan exactamente ese monto o cuyo salario se fundamenta en él, como ocurre con el salario integral, se ajustan automáticamente cuando el mínimo aumenta”.
Nivelación por el nuevo piso legal: Edwin Campos, asociado de Godoy, explicó que si un trabajador gana un poco más del mínimo actual, pero el nuevo decreto eleva el piso por encima de su sueldo, la empresa debe ajustarlo. “Es decir, si su sueldo queda por debajo o igual al nuevo salario mínimo, deberá ajustarse”, indicó.
Acuerdos previos: Sara Patricia Ariza Correa, de Scola Abogados, precisó que para quienes ganan más del mínimo, el aumento depende de las convenciones colectivas, las políticas internas de la compañía o los acuerdos contractuales individuales.
El incremento del arriendo en Colombia depende del IPC. Foto:Fotomontaje a partir de imagen de iStock
Pérdida de poder adquisitivo y el IPC
A pesar de que no existe una norma taxativa que obligue a subir los sueldos altos en la misma proporción que el mínimo, sí existe un principio constitucional de movilidad salarial. Edwin Campos recordó que, basado en el artículo 53 de la Constitución y el artículo 1 de la Ley 2466 de 2025, lo recomendable es realizar un ajuste que al menos cubra el Índice de Precios al Consumidor (IPC). “Ese ajuste puede hacerse por acuerdo entre las partes o de forma unilateral por el empleador en cualquier momento del año”, afirmó.
Qué hacer si la empresa no le sube el salario
Las consecuencias varían según el nivel de ingresos del trabajador. Si una persona devenga un salario mínimo y el empleador no aplica el decreto del Gobierno, el Ministerio del Trabajo tiene la facultad de imponer sanciones. María Camila López Beltrán, abogada de Scola Abogados, explicó la ruta a seguir: el afectado puede hacer un requerimiento formal a la empresa y, de persistir la negativa, acudir al Ministerio o presentar una demanda laboral, pues se trata de un derecho irrenunciable.
El panorama es distinto para quienes ganan más. Si este grupo de trabajadores siente que su poder adquisitivo se ve lesionado, puede reclamar internamente o acudir a la justicia, pero el éxito no está garantizado. “En situaciones donde se evidencie una afectación sustancial, es posible acudir a la vía judicial. Sin embargo, la posibilidad de obtener un incremento dependerá del análisis del juez, ya que no existe una obligación legal general para ajustar salarios superiores al mínimo”, puntualizó López Beltrán.
Asimismo, Ariza Correa añadió que si un empleado con sueldo superior al mínimo pide un aumento tras el decreto, “la situación no genera para la empresa una obligación jurídica automática”.
*Artículo desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista.
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